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Martes, 07 Agosto 2018 09:08

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA MANTENIMIENTO DE SEDE A LAS ASOCIACIONES JUVENILES, CULTURAL-JUVENILES Y ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS A LA JUVENTUD, PARA EL AÑO 2018 BDNS IDENTIF.): 410809

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EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA MANTENIMIENTO DE SEDE A LAS ASOCIACIONES JUVENILES, CULTURAL-JUVENILES Y ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS A LA JUVENTUD, PARA EL AÑO 2018 BDNS Identif.): 410809
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


2419

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA MANTENIMIENTO DE SEDE A LAS ASOCIACIONES JUVENILES, CULTURAL-JUVENILES Y ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS A LA JUVENTUD, PARA EL AÑO 2018

BDNS Identif.): 410809

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios: Asociaciones Juveniles, Cultural-Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, con domicilio social en el municipio de Guadalajara, y que se encuentren registradas como tales en el Registro correspondiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, y en el correspondiente Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Guadalajara, dependiente de la Concejalía de Participación Ciudadana.

Segundo. Objeto: El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones económicas, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para el mantenimiento de la sede de las Asociaciones Juveniles, Cultural-Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud.

Tercero. Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones Públicas otorgadas por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus Organismos Autónomos. BOP de Guadalajara, núm. 32, del lunes, 14 de marzo de 2016. http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32 2016-5.html. Bases reguladoras específicas: Las determinadas en la presente convocatoria.

Cuarto. Cuantía: 3.000,00€ (tres mil euros) en total. El total de los fondos a adjudicar se dividirá entre el total de los puntos obtenidos por todas las entidades solicitantes conforme a los siguientes criterios. De este modo, se calcula la cifra correspondiente a cada punto y el importe de la subvención para cada entidad solicitante.

Quinto. Criterios de selección:

  • Volumen de actividades, recursos, etc. relativos al año anterior, con evaluación del gasto y de los medios y recursos disponibles. Máximo 2 puntos.

  • Adecuación de los gastos corrientes de mantenimiento con las actividades, el volumen del gasto, los medios y los recursos. Máximo 2 puntos.

  • Valoración de otras ayudas o subvenciones. Máximo 1 punto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes: Un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, a través de registro administrativo o conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo

Guadalajara, 02 de agosto de 2018 EL ALCALDE-PRESIDENTE, D. Antonio Román Jasanada

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