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Lunes, 29 Febrero 2016 00:00

EXCMO. Ayuntamiento de Guadalajara

456

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN DE 7 PLAZAS DE BOMBERO-CONDUCTOR DEL Servi­cio DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. Ayuntamiento de Guadalajara

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456

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN DE 7 PLAZAS DE BOMBERO-CONDUCTOR DEL Servi­cio DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. Ayuntamiento de Guadalajara

1.- Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir mediante el sistema de oposición siete plazas de Bombero-Conductor del Servi­cio de Extinción de Incendios del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servi­cios Especiales, Clase Servi­cio de Extinción de Incendios, Subgrupo C2.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servi­cio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las bases de esta convocatoria.

2.- Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha.

b) Tener cumplidos 18 años, y no exceder de la edad máxima de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en el finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Cultura o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Reunir las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en el segundo ejercicio, lo que se acreditará mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que se reúnen las condiciones citadas. No se admitirán aquellos certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos

g) Estar en posesión del permiso de conducción C y E o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.- Solicitudes.

3.1. La solicitud de participación en el proceso selectivo estará disponible en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara (modelo 345) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara: www.guadalajara.es/es/Ayuntamiento/Personal.

El modelo normalizado de solicitud de participación en papel constará de tres ejemplares. El primero se quedará en poder de la Administración, siendo devuelto el segundo al interesado una vez sellado y resgistrado por la Oficina Pública donde se presente la solicitud. El tercero se quedará en poder de la entidad financiera donde se ingresen las tasas por derechos de examen.

3.2. Las instancias solicitando tomar parte en la Oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base II se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento debidamente cumplimentadas en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A las instancias deberá acompañar la certificación médica especificada en la letra f) de la base 2.1 y fotocopia del DNI.

3.3. Los derechos de examen que se fijan en la cantidad de 12,37 euros serán satisfechos por los aspirantes al presentar la instancia. Los aspirantes que acrediten hallarse en situación de desempleo por periodo superior a 6 meses mediante tarjeta de desempleo del Servi­cio Público de Empleo o certificado de dicho Instituto, en el momento de devengo de la tasa, abonarán únicamente la cantidad de 6,18 euros.

3.4. La presentación de instancias y el pago de los derechos de examen podrán realizarse también a través de las restantes formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

4.- Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde, en el plazo máximo de un mes, dictará la resolución por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos que se hará pública en el «Boletín Oficial de la Provincia» y será expuesta en el Tablón de anuncios de la Corporación.

4.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

4.3. Contra la resolución que apruebe las listas definitivas de admisiones y exclusiones podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Corporación, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses, ambos a contar desde el día siguiente de la publicación de las listas en el BOP.

4.4. Los aspirantes definitivamente excluidos y los que renuncien a tomar parte en la convocatoria con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, tendrán derecho al reintegro de los derechos de examen cuando así lo soliciten de forma expresa.

5.- Tribunales calificadores.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto de la siguiente forma:

a) PRESIDENTE: El designado por la Alcaldía.

b) SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

c) VOCALES:

• Uno designado por la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

• Dos funcionarios de carrera, de categoría igual o superior a las de las plazas convocadas, designados por la Alcaldía.

• Uno designado por los funcionarios.

5.2. La designación de vocales deberá efectuarse en el plazo de 20 días siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud, y habrá de recaer en funcionarios con titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas (Subgrupo C2).

Transcurrido dicho plazo, la Corporación podrá designar directamente a dichos representantes, dando cuenta a la Administración u órgano representado.

El nombramiento de los miembros del Tribunal incluirá el de sus suplentes, a quienes le serán de aplicación las mismas prescripciones.

5.3. El Presidente del Tribunal podrá designar la incorporación de asesores cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueron nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de la oposición.

5.4. Para la válida actuación de los Tribunales calificadores, es necesario la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, y, en todo caso, la del Presidente y Secretario o la de quienes legalmente les sustituyan.

5.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al Cuerpo o Escala análogos a los que correspondan a las plazas convocadas en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.6. El Tribunal de estas pruebas selectivas tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002,de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servi­cio.

6.- Sistema selectivo.

La selección de los aspirantes se efectuará por el sistema de oposición libre, y constará de dos fases:

1.- Fase de oposición.

2.- Curso selectivo.

6.1.1.- Fase de oposición:

Cada una de las pruebas de que se compone dicha fase será de carácter obligatoria y eliminatoria y constará de los siguientes ejercicios:

6.1.1.a).- Primer ejercicio:

Primera parte.- Consistirá en contesta un cuestionario de 60 preguntas, con respuestas alternativas, sobre el temario especificado en el Anexo III, más cuatro de reserva para posibles anulaciones, durante un tiempo máximo de 60 minutos.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

Segunda parte.- Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas, con respuestas alternativas, sobre el callejero de la ciudad de Guadalajara, con un tiempo máximo de 20 minutos. Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

6.1.1.b).- Segundo ejercicio:

Consistirá en la superación de las pruebas físicas que a continuación se relacionan y que se desarrollan en el anexo I, quedando descalificados automáticamente los aspirantes que no alcancen la marca mínima fijada en cada una de ellas para poder pasar a la siguiente:

1.- Carrera sobre 60 metros.

2.- Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura.

3.- Levantamiento de un peso de 45 kg.

4.- Flexiones de brazos sobre barra horizontal.

5.- Carrera sobre 2.000 metros.

6.- Natación sobre 50 metros

Estos ejercicios se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo I. Deberá tenerse en cuenta que en cualquier momento y a juicio del Tribunal, podrá realizarse un control antidopaje a los aspirantes después de cada una de las pruebas.

6.1.1.c).- Tercer ejercicio:

Constará de una prueba para comprobar el manejo y destreza de los aspirantes con un camión de bomberos.

6.1.1.d).- Cuarto ejercicio:

Se realizará un reconocimiento médico practicado por el personal facultativo que se designe al efecto. Se realizarán las pruebas clínicas referidas en el Anexo II y cuantas otras analíticas y complementarias o de otra clase que se consideren necesarias por el Tribunal, como se refleja en el citado Anexo.

6.2. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B» de conformidad con lo preceptuado por Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se determina que el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «B». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de actuación comenzará por la letra «C», y así sucesivamente.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

6.4. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.5. Se garantizará en la calificación de los ejercicios escritos, el anonimato de los aspirantes a través de los medios adecuados para ello.

6.6. La lista de aprobados se expondrá en el Tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara.

6.7. Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, así como las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a este proceso selectivo, a los efectos procedentes.

7. Calificación de los ejercicios.

7.1. Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:

7.1.1. El primer ejercicio se calificará del siguiente modo:

La primera parte se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos.

La segunda parte del primer ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 2,5 puntos.

El resultado de la puntuación del primer ejercicio será la suma de las notas obtenidas en la primera y segunda parte.

7.1.2. Segundo ejercicios

A la marca mínima indispensable, fijada en su caso para cada prueba, le corresponderá una puntuación de 5 puntos, correspondiendo el 10 a la marca fijada en cada una de las pruebas. A quienes la superen se les calificará con una puntuación de 5 a 10 puntos en función del resultado obtenido. El resultado final de este ejercicio se obtendrá por la media aritmética de las puntuaciones alcanzadas en las diferentes pruebas quedando excluido el aspirante que haya sido descalificado en cualquiera de las pruebas.

7.1.3. Tercer y Cuarto ejercicio: Se calificarán de apto o no apto.

7.2. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio; de persistir el empate, se dirimirá por a puntuación obtenida en el primer ejercicio, y de persistir aún, por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, comenzando por la letra determinada para el orden de actuación de los aspirantes en el sorteo a que hace referencia la base 6.2.

8.- Lista de aprobados.

8.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará públicas en el Tablón de anuncios de la Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación.

8.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

8.3. Simultáneamente a su publicación el Tribunal elevará la relación aprobada a la presidencia de la Corporación para que se apruebe la correspondiente propuesta de nombramiento.

9.- Presentación de documentos.

9.1. En el plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que se hicieran públicas las relaciones definitivas de aprobados, estos deberán presentar en las Oficinas del Ayuntamiento los siguientes documentos.

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer grado o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

c) Fotocopia compulsada del permiso de circulación C y E.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servi­cio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de Funciones Públicas.

9.2. Quienes tengan la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya aprobados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Consejería, Entidad Local u Organismo del que dependiere, para acreditar tal condición.

9.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma, se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.ª no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Presidente de la Corporación dictará resolución por la que se nombra funcionarios los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas.

10.- Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera.

10.1. Para obtener el nombramiento de funcionario de carrera, los aspirantes aprobados deberán realizar y superar un curso selectivo que convocará y organizará la Consejería de Administraciones Públicas.

10.2. El curso se ajustará a lo que en su caso determine dicha Consejería.

10.3. La toma de posesión de los aspirantes que superen el curso selectivo deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la terminación del referido curso.

11.- Norma final.

Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Con carácter potestativo podrá interponerse recurso previo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara en el plazo de un mes, a contar de la misma forma que el anterior recurso, de conformidad con lo dispuesto en los ar­tícu­los 116 y 117 de a Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Anexo I

EJERCICIOS FÍSICOS

Estos ejercicios se realizarán por el orden que establezca en su día el Tribunal, y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el siguiente, se permite un único intento de cada ejercicio. El orden de las pruebas lo determinará el tribunal.

1.- Carrera sobre 60 metros.

Descripción. -

Partiendo desde posición de parado, el ejecutante deberá recorrer una distancia de 60 m, en pista, y en calle asignada, en un tiempo máximo de 8 segundos, 5 décimas, y en un tiempo de 7 segundos, 0 décimas, para obtener el 10 para los aspirantes masculinos, y un tiempo máximo de 9 segundos, 7 décimas, y un tiempo de 8 segundos, 0 décimas, para obtener el 10 para las aspirantes femeninas.

a). Disposición:

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas.

b). Ejecución:

La Propia de una carrera de velocidad.

c). Medición: Manual.

d). Intentos: Podrá realizar un intento en la prueba.

e). Invalidaciones: Se admite una salida falsa por aspirante.

f). Marcas mínimas: Según el cuadro indicado de pruebas y marcas mínimas

2.- Subir a brazo una cuerda lisa de 6 m de altura.

Descripción. -

Partiendo desde la posición de sentado (glúteo apoyado en el suelo) y con al menos una mano en contacto con la cuerda, el ejecutante deberá subir a brazo una cuerda lisa de seis metros de altura, en un tiempo máximo de 10 segundos, 0 décimas, para obtener el 5, y en un tiempo de 5 segundos, 0 décimas, para obtener el 10, para los aspirantes masculinos Y en un tiempo máximo de 12 segundos, cero décimas, y en un tiempo de 6 segundos, 0 décimas, para obtener el 10 para las aspirantes femeninas Se considera finalizado el ejercicio cuando el ejecutante toca la campana situada, a la altura fijada, a tal efecto.

Descalificaciones. -

- Ayudarse con los pies al iniciar la prueba.

- Sujetarse con las piernas en cualquier momento de la trepa.

- Realizar dos salidas nulas (antes de la señal acústica).

3.- Levantamiento de un peso de 45 kilogramos.

Descripción.-

En posición de decúbito supino sobre un banco, el ejecutante deberá levantar un peso de 45 kilogramos, un mínimo de 25 repeticiones consecutivas para obtener el 5 y 50 repeticiones para obtener el 10, en un tiempo de 30 segundos, 0 décimas, para los aspirantes masculinos y en un tiempo máximo de 35 segundos y 5 décimas, para las aspirantes femeninas.

El levantamiento se realizará con ambas manos en agarre ligeramente superior a la anchura de los hombros, en una acción de extensión- flexión de los codos, que se inicia con el contacto de la barra con el pecho y termina con la extensión total de los codos en su proyección vertical (la espalda y la zona lumbar estará siempre estará en contacto con el banco).

Descalificaciones.-

- Dejar la barra antes de que finalice el tiempo dado. No serán contadas como repeticiones válidas las que:

- No toquen el pecho con la barra en la flexión de codos.

- No haya una extensión completa de codos.

- No tener la espalda y la zona lumbar en contacto con el banco.

4.- Flexiones de brazos sobre barra horizontal.

Descripción.-

Suspendido en una barra horizontal con agarre digitopalmar hacia el frente, realizar flexiones de brazos hasta sobrepasar la altura de las manos con la barbilla y bajar nuevamente hasta la extensión total de brazos y codos, realizando como mínimo 15 repeticiones para obtener el 5 y 50 repeticiones para obtener el 10 para las aspirantes masculino y 10 repeticiones para obtener el 5 y 30 para obtener el 10 para las aspirantes femeninas.

No serán contabilizadas como válidas las repeticiones que:

- No se extiendan los codos totalmente.

- No sobrepase la barbilla por encima de la barra o escalera.

5.- Carrera sobre 2.000 metros.

Descripción.-

Partiendo desde la posición de parado, el ejecutante deberá recorrer una distancia de 2.000 metros, en pista, y por calle libre, en un tiempo máximo de 7 minutos, 5 segundos, cero décimas, para los aspirantes masculinos para obtener el 5 y en un tiempo de 6 minutos, 15 segundos, 0 décimas, para obtener el 10, y en un tiempo máximo de 8 minutos, 5 segundos, 0 décimas para las aspirantes femeninas para obtener el 5 y 7 minutos, 15 segundos, 0 décimas, para obtener el 10.

Descalificaciones.- Invalidaciones:

- Abandono voluntario de la pista o itinerario.

- Correr con tacos o clavos en las zapatillas.

- Realizar maniobras que perjudiquen el normal desenvolvimiento de la carrera de otros participantes.

6.- Natación sobre 50 metros.

Descripción.-

Partiendo en contacto con el borde de salida de la piscina, fuera o dentro del agua, el ejecutante deberá recorrer a nado, con estilo libre, una distancia de 50 metros en un tiempo máximo de cuarenta segundos, cero décimas, para obtener el 5 y 28 segundos, 0 décimas, para obtener el 10 los aspirantes masculinos, y en un tiempo máximo de 46 segundos, 0 décimas, para obtener el 5 y 34 segundos 0 décimas, para obtener el 10 las aspirantes femeninas.

Descalificaciones.-

- Cualquier opositor/a que salga antes de que la señal de salida haya sido dada será descalificado.

- Cuando no se toque la pared contraria a la salida con cualquier parte del cuerpo.

- El nadador opositor deberá romper la superficie del agua con alguna parte de su cuerpo a lo largo de la carrera. Podrá permanecer sumergido un máximo de 15 metros después del viraje.

Anexo II

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS

1.- EXCLUSlONES CIRCUNSTANCIALES. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones propias del cargo.

2.- EXCLUSIONES DEFlNITI\/AS.

2.1. OJO Y VISIÓN.

2.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a 2/3 de la visión normal en ambos ojos.

2.1.2. Desprendimiento de retina.

2.1.3. Hemianopsias.

2.1.4. Cualquier otro proceso patológico, que a juicio del Tribunal médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.

2.2. OÍDO Y AUDICIÓN.

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hercios a 35 decibelios o de 4.000 hercios a 45 decibelios. Vértigo.

2.3. OTRAS EXCLUSIONES.

2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función propia del cargo o que puedan agravarse a juicio del Tribunal Médico, con el desarrollo del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral: otros procesos óseos, musculares y articulares).

2.3.2. Aparato digestivo: Cualquier proceso digestivo que a juicio del Tribunal médico dificulte el desarrollo del puesto de trabajo.

2.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no habiendo de sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/HG en presión sistólica y los 90 mm/HG de presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que a juicio del Tribunal médico pueda limitar el desarrollo del puesto de trabajo.

2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotorax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, temblores de cualquier causa, vértigo central, toxicomanías y otros procesos patológicos y psiquiátricos que dificulten el desarrollo de la Función Pública.

2.3.6. Piel y faneras: Eczema contagioso, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la Función Pública.

2.3.7. Otros procesos patológicos: Enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que a juicio del Tribunal médico limite o incapacite para el ejercicio de la Función Pública.

Anexo III

PARTE I. GENERAL

TEMA 1.- Constitución de 1978. Principios inspiradores. Estructura.

TEMA 2.- Organización territorial del Estado. Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

TEMA 3.- Administración Pública: Concepto y clases. Especial referencia a la Admón. Local.

TEMA 4.- Órganos de Gobierno Municipal: El Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local.

TEMA 5.- Función Pública Local: Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Situaciones administrativas de los funcionarios.

TEMA 6.- Función Pública Local: Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario de los funcionarios.

TEMA 7.- Haciendas Locales. Recursos de las Entidades Locales.

TEMA 8.- PLATECAM. 1. Definición, contenidos y marco legal. 2. Información Territorial. 3. Riesgos. 4. Organización en caso de emergencia. 5. Operatividad.

PARTE II. ESPECÍFICA

TEMA 9.- Naturaleza del fuego. Triángulo y tetraedro del fuego. Clasificación de los fuegos. Propagación, inflamabilidad, rangos de inflamabilidad y punto de inflamación.

TEMA 10.- Agentes extintores, gaseosos, líquidos y sólidos.

TEMA 11.- Toxicidad. Los productos de la combustión. Gases generados en la combustión de materias comunes. Monóxido de carbono. Dióxido de carbono. Ácido cianhídrico. Ácido sulfúrico.

TEMA 12.- Materias y Mercancías peligrosas. Normativa. Clases. Propiedades. Comportamientos y normas de actuación. Transporte de materias peligrosas, normas a seguir, indicativos y medidas de protección. PETCAM.

TEMA 13.- Gas natural y gases licuados del petróleo. Definición. Propiedades. Transporte. Almacenamiento de gas natural y GLP”s en depósitos fijos.

TEMA 14.- Propiedades fisicoquímicas. Definiciones de: estado, punto de fusión y ebullición, calor específico, calor latente, densidad, viscosidad solubilidad, presión de vapor, conductividad eléctrica, acidez y basicidad, TLV, LD 50 e IPVS., fuerza, energía, trabajo, potencia, calor, temperatura y radiación.

TEMA 15.- Código Técnico de la Edificación. Seguridad en caso de Incendio.

TEMA 16.- Hidráulica básica. Presión hidrostática, absoluta y relativa. Pérdidas de carga, golpe de ariete, cavitación. Bombas centrífugas.

TEMA 17.- Electricidad básica: Magnitudes fundamentales. Ley de Ohm. Riesgos de corriente eléctrica. Electrocución, medidas de seguridad y protección. Transformadores. Motores eléctricos.

TEMA 18.- Primeros auxilios según Edición 2007 del Manual de Primeros Auxilios Editado por Pearson Educación y Avalado por Cruz Roja. Técnicas y equipamiento. Soporte vital básico. Problemas respiratorios. Problemas cardiovasculares. Heridas y hemorragias. Problemas traumatológicos. Problemas del sistema nervioso. Agentes medioambientales. Cuerpos extraños. Tóxicos, mordeduras y picaduras. Parto y problemas médicos. Primeros auxilios en emergencias.

TEMA 19.- Materiales y equipos utilizados en los servi­cios de extinción de incendios: Equipo personal. Mangajes y bombas hidráulicas. Equipos de separación y corte. Equipos de protección respiratoria y ve­hícu­los.

TEMA 20.- Apeos y apuntalamientos. Definiciones y descripción de los elementos. Tipos según elemento estructural. Condiciones constructivas de los apeos.

TEMA 21.- Radiocomunicaciones. Estación base y estación repetidora. Equipos de radiotransmisión: móvil y portátil. Frecuencia. Canales simplex, semiduplex y duplex. Alfabeto fonético internacional de la ICAO.

TEMA 22.- Territorio y climatología de la Provincia de Guadalajara: superficie, altimetría. Número de Municipios y Partidos Judiciales. Temperatura y Pluviometría. Población. Distribución agraria.

TEMA 23.- Historia de la ciudad de Guadalajara y de los pueblos asociados. Conocimiento de las redes de alcantarillado, agua potable, electricidad y gas natural.

TEMA 24.- Redes de comunicación: carreteras, ferrocarril y gasoductos y oleoducto en la provincia de Guadalajara.

TEMA 25.- Callejero de la ciudad de Guadalajara y pueblos asociados.

TEMA 26.- La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil y Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

TEMA 27.- Motores de Explosión 4T y 2T. Tipos más usados. Elementos que los constituyen, funcionamiento. Averías y causas de las averías.

TEMA 28.- Cajas de cambios, embragues, tomas de fuerza y ejes. Tipos, características y funcionamiento. Sistemas más empleados. Averías y causas de las averías.

TEMA 29.- Propulsión. Tipos de tracción y sistemas para su mejora. Conceptos generales y técnicas de conducción.

TEMA 30.- Sistema de seguridad en ve­hícu­los. Chasis y suspensión, Neumáticos, Dirección y Frenos: Descripción, tipos, características y averías. Sistemas de seguridad activos y pasivos. Sistemas más usados en la actualidad.

Guadalajara, 11 de febrero de 2016.– El Concejal Delegado de RR HH, Alfonso Esteban Señor.

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