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Jueves, 05 Julio 2018 09:07

APROBACION INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 1/2018 PRESUPUESTO 2018

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APROBACION INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 1/2018 PRESUPUESTO 2018
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AYUNTAMIENTO DE PINILLA DE MOLINA


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Vista la posible aplicación del superávit presupuestario en el ejercicio 2018 a la financiación de inversiones financieramente sostenibles, por Providencia de Alcaldía se incoó expediente para la concesión de crédito extraordinario.

Visto que se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto que se emitió Informe de Intervención de Evaluación del Cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria y se emitió Informe de Intervención, por el que se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía. 

A la Vista del informe-propuesta de Secretaría  de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, adopta por unanimidad el siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1/2018, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Crédito extraordinario con cargo a Aplicación del superávit presupuestario, cuyo detalle es el siguiente:

Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:

 Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 17.936,95 €.

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente: 

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación Presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

 1532

 609

 

 PAVIMENTACION CALLES

17.936,95 

 

 

 

TOTAL GASTOS

17.936,95 

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

En Pinilla de Molina a 2 de Julio de 2018. La Alcaldesa.Fdo: María Jesús Madrid Madrid

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