AYUNTAMIENTO DE TORDELRÁBANO
1821
El Pleno del Ayuntamiento de Tordelrábano en sesión ordinaria celebrada el día 19 de abril de 2018, acordó:
PRIMERO: La aprobación definitiva y acorde al resultado de su tramitación del expediente del INVENTARIO DE BIENES MUNICIPALES Y ALINEACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS.
SEGUNDO: Dar traslado a los organismos competentes del detalle y contenido, una vez haya sido debidamente diligenciado y registrado, del INVENTARIO DE BIENES MUNICIPALES Y ALINEACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE TORDELRÁBANO para su oportuna adecuación al mismo en las materias procedentes que puedan tramitarse tras su aprobación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley39/2015, de 1 e octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladores de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.
Podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra el referido expediente, en un plazo de dos meses a contar desde el siguiente día de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincial, las personas y Entidades a que hacen referencia los artículos 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y 63.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
En Tordelrábano, a 25 de mayo de 2.018.-El Alcalde,Fdo.: Francisco Javier Lois Oltra.
