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Lunes, 06 Noviembre 2017 09:11

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DE APOYO A LAS FAMILIAS DE GUADALAJARA Y EN EL MARCO DEL PLAN MUNICIPAL DE APOYO A LA MATERNIDAD 2017

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CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DE APOYO A LAS FAMILIAS DE GUADALAJARA Y EN EL MARCO DEL PLAN MUNICIPAL DE APOYO A LA MATERNIDAD 2017
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA CONCEJALÍA DE FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL


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Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de fecha 17 de octubre de 2017, por el que se aprueba la convocatoria que regula el procedimiento para la concesión de ayudas de apoyo a las familias de Guadalajara y en el marco del Plan municipal de apoyo a la maternidad 2017

BDNS: CÓDIGO 368044

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria los/las solicitantes que se encuentran empadronados en Guadalajara, por un periodo mínimo anterior de 12 meses a la fecha de presentación de la solicitud, que reúnan los requisitos exigidos en las presentes bases y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Las madres que estén esperando el nacimiento de un nuevo hijo, con las observaciones contempladas en el Plan de Apoyo a la Familia y a la Maternidad.

  • Familias en situación de dificultad.

  • Familias numerosas.

  • Madres Autónomas.

Se presentará una única solicitud por unidad familiar.

Segundo. Objeto.

Con el fin de favorecer el bienestar futuro de las familias, la presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases que han de regir la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Guadalajara, en régimen de concurrencia competitiva, en las siguientes líneas de actuación:

Prestaciones económicas de apoyo y urgencia.

La ayuda se destina a todas las familias con menores a su cargo o mujeres embarazadas con especial atención a las que participan en procesos de intervención social, y con carácter específico a adolescentes y menores de 25 años con y sin pareja y especialmente, a aquellas que se encuentran en situación de alto riesgo ( en situación de exclusión social y de precariedad económica), extremo éste que será acreditado con informe de un Trabajador Social)

Ayudas al empleo para madres autónomas que hayan cotizado al menos 180 días en los últimos siete años, de alta en el Régimen de Autónomos y que precisen cubrir su propia baja.

Ayudas cuando la llegada del hijo convierte a la familia en familia numerosa o la aumenta, y cumplan con los criterios sociales y económicos de las presentes bases.

Tercero. Bases reguladoras.

Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2017; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, nueva redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara publicada el 14 de marzo de 2016 (http://boletin.dguadalajara.es/images/boletin/2016/03/32_2016-5.html) en el BOP de Guadalajara nº 32 y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.

Cuarto. Cuantía.

Las ayudas para cubrir las necesidades básicas del proceso que conlleva la maternidad, se financiarán en la cuantía de 100.000,00 euros y con cargo a la aplicación presupuestaria 231.5.48000 del ejercicio 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se dirigirán al Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Guadalajara, conforme al modelo de solicitud que contienen las presentes bases como Anexo I, en el plazo de 45 días naturales siguientes a contar desde la publicación de éstas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Para la solicitud de prestaciones de apoyo y urgencia el plazo se abrirá a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y permanecerá abierto todo el año.

Guadalajara, 17 de octubre de 2017.-La Concejala Delegada de Bienestar Social, Fd. Verónica Renales Romo. 

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