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Martes, 19 Septiembre 2017 08:09

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO PRESUPUESTO 2017

2789

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AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERUELO


2789

En fecha 19 de julio de 2017 el Pleno del Ayuntamiento de Valdeaveruelo acordó la aprobación de expedientes de modificación de créditos del Presupuesto 2017, en las modalidades, cuantías y financiación que se detalla a continuación.

No habiéndose presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación íntegra de las modificaciones del Presupuesto 2017.

Crédito extraordinario 01-2017

Altas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripcion

Modificación de crédito

Progr.

Economica

 

170

622.00

Fuente senda peatonal

998,25 €

171

619.00

Arreglo integral áreas de juego infantil

10.040,43 €

 

 

TOTAL GASTOS

11.038,68 €

Altas en Conceptos de Ingresos

Aplicación

Descripción

Recaudado

Cap.

Art.

Conc.

 

 

3

9

9

Otros ingresos diversos (*)

11.038,68 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

11.038,68 €

Suplemento de crédito 01/2017

Altas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificación de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

920

226.04

Jurídicos/contenciosos

3.000 €

34.100 €

37.100 €

 

 

TOTAL GASTOS

3.000 €

34.100 €

37.100 €

Altas en Conceptos de Ingresos 

Aplicación

Descripción

Presupuestado

Recaudado

Económica

 

 

 

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

3

9

9

Otros ingresos diversos (*)

5.000 €

34.100 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

5.000 €

34.100 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Valdeaveruelo, a 13 de septiembre de 2017 D. Alberto Cortés Gómez.- Alcalde

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