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Viernes, 11 Agosto 2017 08:08

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

2524

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN CRÉDITOS
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AYUNTAMIENTO DE HERAS DE AYUSO


2524

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de junio de 2017, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

 

Altas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

161

463

A Mancomunidad de aguas La Muela

13.628,00

1.000,00

14.628,00

231

22799

Asistencia social primaria. Trabajos por empresas y profesionales

2.086,00

200,00

2.286,00

338

22609

Fiestas y actividades culturales y deportivas

6.500,00

5.300,00

11.800,00

342

609

Instalaciones deportivas. Inversiones en infraestructuras

6.000,00

5.000,00

11.000,00

920

160

Seguridad Social empleados

12.036,00

2.500,00

14.536,00

 

 

TOTAL

 

14.000,00

 

Bajas o Anulaciones en Concepto de Ingresos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Bajas o anulaciones

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

1532

609

Pavimentación de vías públicas

21.556,00

- 6.000,00

15.556,00

164

609

Cementerio inversiones en infraestructuras y bienes

3.000,00

- 3.000,00

0,00

920

22200

Servicios de Telecomunicaciones

2.685,00

- 1.800,00

885,00

920

22604

Gastos jurídicos

1.000,00

- 1.000,00

0,00

920

22799

Trabajos por empresas y profesionales

5.309,00

- 1.000,00

4.309,00

920

22500

Tributos Estatales

5.350,00

- 1.200,00

4.150,00

 

 

TOTAL BAJAS

 

- 14.000,00

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

 

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Heras de Ayuso, a 09 de agosto de 2017. El Alcalde, Fdo.: Jesús Sierra Lumbreras.

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