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Martes, 08 Agosto 2017 08:08

APROBACION DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DE 2017

2474

APROBACION DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DE 2017
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AYUNTAMIENTO DE LA OLMEDA DE JADRAQUE


2474

Aprobado definitivamente, al no haberse presentado alegaciones al acuerdo del pleno de 30 de junio de 2017, publicado en el BOP num 127 de 05 de julio de 2017, el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2017, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   

ESTADO DE GASTOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

19837 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

4921.06 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

9702.94 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

100 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

238 €

 

 

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

0 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

4875 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

 

 

 

TOTAL:

19837

   
   

ESTADO DE INGRESOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

19837

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

5705 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

0 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

5887 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

3745 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

     4500 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

0,00 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0.00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

19837

 

CATEGORÍA-GRUPO

PUESTOS DE TRABAJO

Funcionario

 1 Secretario Interventor en agrupación

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

 La Olmeda de Jadraque a 31 de julio de 2017 EL ALCALDE PRESIDENTE Miguel Ruperto Laloma Ranz

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  • Municipios: Olmeda de Jadraque (La)
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