AYUNTAMIENTO DE CAÑIZAR
1936
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/85 de 1 de julio, del Poder Judicial y Reglamento numero 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de JUEZ DE PAZ SUSTITUTO, entre las personas que reuniendo las condiciones legales así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse durante el plazo de veinte días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cañizar, 19 de junio de 2017. EL ALCALDE, Fdo.: Julián Lucas Martínez.