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Martes, 06 Junio 2017 08:06

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO

1719

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO
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AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE COBETA


1719

Aprobado definitivamente, al no haberse presentado alegaciones al acuerdo del pleno de 24 de abril de 2017, publicado en el BOP num 81 de 27 de abril de 2017, el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2017, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

106897.48€

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

13910.48 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

37537 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

10100 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

350 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

 45000 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

 

TOTAL:

106897.48



 

 

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

106897.48

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

19670 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

365 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

24062.48 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

19500 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

      19300 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

0,00 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

24000 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

106897.48

 

CATEGORÍA-GRUPO

PUESTOS DE TRABAJO

Funcionario

 1 Auxiliar administrativo

Personal laboral

1 Ayuda a domicilio

Personal Laboral

1 Limpiadora a tiempo parcial

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Olmeda de Cobeta a 2 de junio de 2017. EL ALCALDE PRESIDENTE: Juan Antonio Calvo Padín

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