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Martes, 18 Abril 2017 08:04

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA

1110

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS
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AYUNTAMIENTO TORRE DEL BURGO


1110

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Torre del Burgo, adoptado en fecha 19 de diciembre de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:

Bajas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

011

310

Intereses

800

-700

100

011

913

Amortización de préstamos

2.300

-970

1.330

 

 

TOTAL

3.100

-1670

1.430

Altas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

920

221.99

Otros suministros

0

20

127

920

222.00

Servicios de telecomunicaciones

1.200

160

1.517

165

221.00

Energía eléctrica

5.000

550

6.323

920

227.99

Gestoría

2.000

230

2.230

920

225.00

Tributos estatales

0

220

420

920

227.00

Limpieza y aseo

0

190

674

1621

227.00

Recogida de Basura

7.000

300

7.300

 

 

TOTAL ALTAS

15.200

1.670

18.591

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

 Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Torre del Burgo, a 3 de abril de 2017.El Alcalde,José Carlos Moreno Díaz.

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