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Viernes, 27 Enero 2017 08:01

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

179

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
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AYUNTAMIENTO DE VALDEAVELLANO


179

 

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del articulo 169.1 por remisión del 179.4, ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de este ayuntamiento de 16 de noviembre de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue:

Aplicaciones del presupuesto de gastos en aumento.

 

ÁREA DE GASTO/CAPÍTULO.

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

CUANTÍA €

1.2

 

 

161.221

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Suministros

3.000

161.227

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

2.668

161.250

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Trabajos realizados por AAPP

2.000

9.2

 

 

920.221

Administración general. Suministros.

1.200

TOTAL

 

8.868

 

Aplicaciones del presupuesto de gastos en disminución.

 

ÁREA DE GASTO/CAPÍTULO.

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

CUANTÍA €

3.2

 

 

342.210

Instalaciones deportivas. Edificios y otras construcciones.

5.868

1.6

 

 

1532.619

Vías públicas. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al interés general.

3.000

TOTAL

 

8.868

 

Contra el presente acuerdo, que pone fina a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el pleno de este ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se interpusiere recurso potestativo de reposición no podrá presentarse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél fuere resuelto expresamente o se hubiere desestimado por silencio administrativo.

Valdeavellano, 28 de diciembre de 2016. El Alcalde, Francisco Campos Calvo.

 

 

 

 

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