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Lunes, 11 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1008

N.º autos: Procedimiento ordinario 993/2010-LDemandante/s: Fundación Laboral de la Construcción

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

1008

NIG: 19130 44 4 2011 0201327

N28150

N.º autos: Procedimiento ordinario 993/2010-L

Demandante/s: Fundación Laboral de la Construcción

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Empresa Manuel Susarte Jurado

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el Procedimiento ordinario 993/2010-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Manuel Susarte Jurado, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia n.º 465/2011 de fecha 27.10.2011 cuyo fallo es como sigue:

“FALLO

Que, estimo la demanda en reclamación de cantidad formulada por Fundación Laboral de la Construcción frente a la empresa Manuel Susarte Jurado y condeno a la empresa demandada, a que abone a la parte actora la cantidad de 20,52 €.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciendo saber que es firme y contra la misma no cabe recurso alguno”.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a empresa Manuel Susarte Jurado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara a veintidós de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

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