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Lunes, 20 Mayo 2013 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2279

N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000413/2012Demandante/s: Alfonso Rubio Cancho

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

2279

NIG: 19130 44 4 2012 0100561

N28150

N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000413/2012

Demandante/s: Alfonso Rubio Cancho

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Servi Speed, S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 0000413/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Alfonso Rubio Cancho contra la empresa Servi Speed, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servi Speed, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero.

En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil trece.

Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento, cítese a las partes para la nueva audiencia del día 25 de julio de 2013 a las 9:45 horas la conciliación y a las 10:00 horas de su mañana.

Cítese a la empresa por medio de exhorto dirigido a la Agrupación de Paz de Cabanillas y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín oficial de la Provincia, y se emplace al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos, y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”

El/La Secretario/a Judicial.

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