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Lunes, 20 Mayo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2265

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno, de fecha 4 de abril de 2013, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2013 en la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público con el siguiente resumen:

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Ayuntamiento de Quer

 

2265

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno, de fecha 4 de abril de 2013, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2013 en la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público con el siguiente resumen:

Altas en gastos

Aplicación

presupuestaria

Descripción

Euros

Programa

Económica

   
 

Cap. Art. Concepto

   

231

485

A Servicios farmacéuticos/Plan AMAT

3.360,00

171

619

Obras de renovación de medio ambiente

52.602,00

459

629

Otras inversiones asociadas al funcionamiento operativo de los servicios

133.844,34

   

TOTAL GASTOS

189.806,34

Presupuesto de ingresos

Aplicación presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

Cap. Art. Concepto

     

870.00

1

Aplicación para la financiación de gastos generales

189.806,34

   

TOTAL INGRESOS

189.806,34

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Quer a 9 de mayo de 2013.– El Alcalde, José Ramón Calvó Carpintero.

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