Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 05 Junio 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2559

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible notificar al titular del vehículo por ser las placas de matriculación extranjeras, se hace pública en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, la Resolución de Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2013:

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de El Casar

 

2559

ANUNCIO

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible notificar al titular del vehículo por ser las placas de matriculación extranjeras, se hace pública en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, la Resolución de Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2013:

“Localizado un vehículo en la vía pública que presentaba signos que hacían presumible su abandono, trascurrido el período de un mes, y habiéndose realizado los trámites pertinentes, fue trasladado al depósito municipal según Informe de Policía Local n.º 1044/08.

De conformidad con los artículos 21 y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

DISPONGO

PRIMERO. Requerir al titular mediante edictos, para que en el plazo de quince días proceda a retirar el vehículo del depósito, previo pago de las tasas y la sanción correspondiente.

SEGUNDO. Si el titular, en el plazo de quince días, no se persona o no retira el vehículo del depósito, declarar como residuo sólido urbano el vehículo modelo FORD Courier, color blanco, con número de placa de matriculación extranjera 02-33-FX, e iniciar el correspondiente procedimiento sancionador.

TERCERO. Notificar al titular que ha sido declarado residuo sólido urbano y que se va a proceder a su tratamiento como tal, incoándose el correspondiente procedimiento sancionador.

CUARTO. Entregar el residuo para su tratamiento a un centro autorizado de tratamiento para su descontaminación o en una instalación de recepción, instando al centro para que proceda de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre Gestión de Vehículos al Final de su Vida Útil, y el artículo segundo de la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la Baja Electrónica de los Vehículos Descontaminados al Final de su Vida, emita:

— Certificado de destrucción

— Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico”.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de El Casar, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En El Casar a 20 de mayo de 2013.– El Alcalde, Pablo Sanz Pérez.

Visto 182 veces