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Viernes, 20 Diciembre 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5591

NOTIFICACIÓN POR Edicto DE ACTO ADMINISTRATIVO

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

5591

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NOTIFICACIÓN POR Edicto DE ACTO ADMINISTRATIVO

De conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada por 3 veces la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación por edicto, por medio del presente anuncio, del alta de oficio de la ocupación de la vía pública con paso de ve­hícu­los a través de las aceras, en la calle Los Carpinteros, 41, de Marchamalo.

- Interesada: D.ª M.ª Carmen Aguado Ruiz.

- Texto acto administrativo: “Visto que esta Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 18/06/2013, acordó incoar expediente de alta de oficio por ocupación de vía pública con entrada o paso de ve­hícu­los, respecto de los siguientes inmuebles:

C/ Los Carpinteros, 2 (bloque), 13, 18, 20, 28, 32, 34, 41, 43, 46, 52, 60, 62.

C/ Los Músicos, 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15, 17, 23, 31, 33, 49, 4, 6, 8, 10, 12, 20.

Visto que dicho acuerdo se notificó a los titulares de los inmuebles, confiriendo un plazo de diez días para alegaciones.

Visto que durante el plazo para formular alegaciones que comenzó el día 26 de junio de 2013 y finalizó el día 27 de agosto del mismo año, se han presentado las siguientes:

- Doña Fátima de la Hera Abouchibat: Entrada n.º 2164 de 08/07/2013.

- Don Benjamín del Valle Arostegui: Entrada n.º 2209 de 11/07/2013.

- Doña Cristina Ortiz Rodrigo: Entrada n.º 2226 de 12/07/2013.

- Don Víctor Manuel Hueva Catalán: Entrada n.º 2245 de 15/07/2013.

- Don David Guillén Durán: Entrada n.º 2284 de 17/0712013.

Resultando que el contenido de las alegaciones presentadas hace referencia a que no se produce el aprovechamiento pues no se hace uso del garaje como tal.

Considerando que:

1.- El aprovechamiento que constituye el hecho imponible de la tasa no va ligado a la existencia de ve­hícu­lo o a la necesidad de utilizar el paso, sino a la existencia del propio paso de ve­hícu­los a través de la acera.

2.- Que la ordenanza particular de la edificación semiextensiva de viviendas unifamiliares de aplicación a las fincas urbanas afectadas establece como obligatoria la existencia de una plaza de aparcamiento en el interior de la parcela por cada vivienda.

3.- Que la tenencia de una vivienda con garaje lleva aparejada la correspondiente entrada a través de la acera.

Resultando que las viviendas obtuvieron en su día la correspondiente licencia de primera ocupación, por lo que en ese momento reunían todos los requisitos de habitabilidad.

Considerando lo establecido en los arts. 2 y 8.1 de la ordenanza fiscal municipal, reguladora de la tasa por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales constituidos por la ocupación de terrenos de uso público con entradas de ve­hícu­los a través de las aceras.

La Junta de Gobierno, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por la Alcaldía en virtud de resoluciones de fecha 25/06/2007 y 14/06/2011, por unanimidad de sus miembros presentes, ACUERDA:

PRIMERO.- Autorizar de oficio la ocupación de la vía pública con entrada de ve­hícu­los a través de aceras, respecto de los contribuyentes e inmuebles que a continuación se relacionan:

…/…

Sujeto pasivo

Inmueble

D.ª M.ª CARMEN AGUADO RUIZ

C/ Carpinteros, 41

…/…

SEGUNDO.- Practicar la liquidación correspondiente de la tasa, de acuerdo con el art. 5 de la ordenanza fiscal reguladora.

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, a los efectos procedentes.

LIQUIDACIÓN

CONCEPTO: Liquidación de la tasa por autorización de oficio de ocupación de la vía pública con entrada de ve­hícu­los a través de las aceras en vivienda unifamiliar situada en la c/ Los Carpinteros, 41, de Marchamalo.

DETALLE DE LA LIQUIDACIÓN: Vista la resolución de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de septiembre de 2013, autorizando el alta de oficio de paso de ve­hícu­los en la vivienda situada en c/ Los Carpinteros, 41, a continuación se detalla la siguiente liquidación:

Entradas individuales de ve­hícu­los a garajes ubicados en viviendas unifamiliares

27,40 €

Placa distintiva de vado n.º 1435

12,69 €

TOTAL A INGRESAR

40,09 €

El importe de la liquidación habrá de ser ingresado a nombre del Ayuntamiento de Marchamalo, en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras siguientes, y dentro de los plazos que se especifican al dorso (de no efectuarse el ingreso dentro de los referidos plazos, se ingresará con recargo del 20%):

ibercaja: 2085 7610 35 0300055882.

B.B.V.: 0182 2951 61 0010803153.

La Caixa 2100 8769 08 2200035957.

Bankia: 2038 4724 23 6000002088.

**NOTA: Una vez realizado el ingreso, podrá recoger la placa de vado n.º 1435 en las dependencias del Ayuntamiento.

PLAZOS PARA INGRESO VOLUNTARIO

El pago de los derechos resultantes de la anterior liquidación se harán efectivos en la siguiente forma, tal y como determina el art. 62 de la Ley General Tributaria.

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

RECURSOS

Recurso de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al que reciba la presente notificación, previamente al recurso contencioso-administrativo.

La interposición del recurso no interrumpirá, por sí sola, los plazos para hacer efectivo el importe de la deuda tributaria.

En Marchamalo a 2 de diciembre de 2013.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.

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