Ayuntamiento de Almonacid de Zorita
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza reguladora de ayudas para el fomento de la natalidad de Almonacid de Zorita, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
“MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD DE ALMONACID DE ZORITA
Artículo 5. Cuantía de las ayudas y procedimiento.
1. Importe.
El Ayuntamiento, anualmente en su Presupuesto, destinará la cantidad global a conceder por ayudas a la natalidad, importe que será el límite de las ayudas a reconocer.
El Ayuntamiento, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior, a la vista de las solicitudes presentadas, previa tramitación de la modificación presupuestaria correspondiente, podrá incrementar el importe global para atender nuevas solicitudes.
Cada nacimiento que tenga lugar o cada adopción que se formalice será objeto de una ayuda de 1.000 euros. El plazo máximo para solicitar la ayuda será de quince meses, a contar desde la fecha de nacimiento o de la formalización de la adopción.”
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Almonacid de Zorita a 18 de junio de 2014.– El Alcalde, Rafael Higuera Fernández.