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Viernes, 06 Marzo 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

669

Ejecución de títulos judiciales 67/2014 y acumulado 112/14Demandante/s: D./D.ª Viorel Cristian Bander

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

669

Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

NIG: 19130 44 4 2013 0101294

N28150

Ejecución de títulos judiciales 67/2014 y acumulado 112/14

Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 919/2012

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Viorel Cristian Bander

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L., Servi­cios Integrales y Desarrollos de Las Castillas S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 67/2014 y acumulado 112/14 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Viorel Cristian Bander contra la empresa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DECRETO DE ACUMULACIÓN DE FECHA TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE, QUE SE ADJUNTA.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a doce de febrero de dos mil quince.– La Secretaria Judicial, rubricado.

NIG: 19130 44 4 2013 0101294

286200

N.º autos: PO: 919/2012 y DSP 985/13 del Juzgado de lo Social n.º 1

N.º ejecución: Ejecución de títulos judiciales 67/2014 y acumulada 112/14

Ejecutante/s: Viorel Cristian Bander

Abogado:

Representante Técnico Procesal:

Ejecutada/s: Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L.

Abogado:

Representante Técnico Procesal:

DECRETO

Secretaria Judicial D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a trece de octubre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este órgano Judicial se sigue el procedimiento ejecución de títulos judiciales 67/2014 a instancia de Viorel Cristian Bander frente a Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L. despachándose ejecución por un importe de 4.345 euros de principal, mas 869 euros presupuestado para intereses y costas.

SEGUNDO.- También en este órgano Judicial se ha despachado ejecución a instancia de Viorel Cristian Bander frente a Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L. por un importe de 16.542,70 euros de principal, mas 3.308,54 euros presupuestados para costas e intereses.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De conformidad con el ar­tícu­lo 37.1 de la LPL, cuando las acciones ejercitadas tienda a obtener la entrega de una cantidad de dinero y existan indicios de que los bienes del deudor o deudores pudieran ser insuficientes para satisfacer la totalidad de los créditos que se ejecutan, deberá acordarse la acumulación de ejecuciones, de oficio a instancia de parte, de seguirse ante un mismo Juzgado.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la ejecución 112/14 seguida frente a Servi­cios Integrales y Desarrollos Las Castillas S.L. por un principal acumulado de 20.887,7 euros más 4.177,54 euros presupuestado para costas e intereses.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Secretaria Judicial.

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