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Lunes, 16 Enero 2017 09:01

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO 2016

78

Aprobación definitiva presupuesto 2016
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EATIM DE TORDELLOSO


78

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA        

Aprobado definitivamente el Presupuesto General de la EATIM de Tordelloso para el 2016 (Acuerdo Junta Vecinal de 16 de noviembre de 2016; BOP num146 de 5 de diciembre de 2016; sin reclamaciones) y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

 

ESTADO DE GASTOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

500 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

2130 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

0 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

0 €

 

 

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

3140 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0.00  €

 

 

TOTAL:

5770

 

 

ESTADO DE INGRESOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

0.00 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

0.00 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

300 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

0 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

7000 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

0,00 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0.00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

 

 

TOTAL:

7300

   

PLANTILLA DE PERSONAL

Secretario Interventor Funcionario 500 €

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

 

En Tordelloso, a 30 de diciembre de 2016, El Alcalde, Daniel O. Hernández Hervias

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