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Viernes, 18 Noviembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3276

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno de fecha 21 de septiembre de 2016 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 4/2016 en la modalidad de crédito extraordinario dado que se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público en el BOP nº 119 del día 3 de octubre, lo que se hace público con el siguiente resumen:

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Ayuntamiento de Quer

 

3276

ANUNCIO DE APROBACION DEFINITIVA

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno de fecha 21 de septiembre de 2016 sobre el expediente de modificación de créditos n.º 4/2016 en la modalidad de crédito extraordinario dado que se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público en el BOP nº 119 del día 3 de octubre, lo que se hace público con el siguiente resumen:

Altas en gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

Programa

Económica

   
 

Cap. Art. Concepto

   

342

619

Adquisición modulares pistas deportivas

10.890,00

   

TOTAL GASTOS

10.890,00

 

TOTAL GASTOS

Mayores ingresos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

Cap. Art. Concepto

   

116

Impuesto sobre incremento de valor de los terrenos

10.890,00

 

TOTAL INGRESOS

10.890,00

 

TOTAL INGRESOS

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Quer, a 26 de octubre de 2016.- El Alcalde, José Miguel Benítez Moreno.

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