Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 18 Noviembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3256

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA DEPORTES Y JUVENILES AÑO 2016

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Fontanar

 

3256

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA DEPORTES Y JUVENILES AÑO 2016

BDNS(Identif.):321555

ANEXO II

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA 

Extracto de la Resolución de Alcaldía nº 681 de fecha 03.11.2016, por la que se convocan subvenciones en materia de Actividades deportivas, culturales y juveniles por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Podrán solicitar esta subvención las Entidades, Asociaciones o Clubes sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con sede en Fontanar (Guadalajara), y que desarrollen sus actividades exclusivamente en el Municipio. Además, deben estar inscritas en el Libro de Registro de Asociaciones y Clubes del Ayuntamiento de Fontanar de forma previa a la publicación de la convocatoria de subvenciones. Por último, deben cumplir el resto de requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

La subvención tiene por finalidad fomentar la realización de actividades de tiempo libre para el ocio de la juventud, eventos culturales y actividades deportivas que redunde en el interés general y en el beneficio de los vecinos de Fontanar. 

En materia de Juventud: Adquisiciones de material, elementos de juego y entretenimiento, accesorios de éstos, transporte necesario para la realización de las actividades, así como cualquier actividad en si misma que suponga un ocio para la juventud tal como concursos, excursiones, etc.

En materia de Cultura: Adquisiciones de material para la realización de actividades que fomentes el ocio cultural y actividades recuperadoras de las tradiciones de la comarca, transporte necesario para la realización de visitas culturales, así como cualquier actividad en si misma que suponga fomento de la cultura y/o recuperación/fomento de las tradiciones. Además, actividades organizadas por Peñas que fomenten la convivencia, eventos musicales y festivos.

En materia de Deportes: Cuotas de inscripción en ligas o eventos deportivos organizados por Federaciones o Agrupaciones deportivas, seguros de participación en ligas o eventos deportivos, gastos por alquiler de pista de entrenamiento, gastos derivados de la organización de eventos singulares organizados a modo de torneos o espectáculos.

No serán objeto de subvención:

- Gastos ordinarios del funcionamiento de la Entidad, Asociación o Club, su administración, gestión o personal contratado.

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

- Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

- Los gastos de procedimientos judiciales.

- Los impuestos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

- Impuestos personales sobre le renta.

- Cualquier actividad no recogida en la materia de juventud, cultura o deportes.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de Actividades deportivas, culturales y juveniles, aprobada inicialmente en fecha 14 de febrero de 2011, y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia nº 54, de fecha 4 de mayo de 2016. Además, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, página web (www.fontanar.es) y tablón de edictos del Ayuntamiento, así como su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son 8.000,00 €, y la distribución por materias es la siguiente:

Cultura: 3.800,00 €

Juventud: 800,00 €

Deporte: 3.400,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Podrán presentarse las solicitudes de manera telemática en los términos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Sexto. Otros datos.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

— Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que solicite concurrir en el procedimiento de subvención.

— Documentos que acrediten la personalidad de la Entidad, Asociación o Club solicitante y, en su caso, la identidad de la persona que presente la solicitud.

—Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

—Declaración responsable de que en el solicitante cumple todos los requisitos recogidos en la Ordenanza general reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras, del Ayuntamiento de Fontanar.

— Certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias y Certificado de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

— Memoria de las actividades para las que solicita subvención, con presupuesto detallado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación.

— Declaración jurada de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad.

En Fontanar, a 3 de noviembre de 2016.- El Alcalde, Víctor San Vidal Martínez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Fontanar
Visto 521 veces