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Lunes, 21 Noviembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3298

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 04/10/2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 7/2016, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Muduex

 

3298

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 04/10/2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 7/2016, que se hace público resumido por capítulos:

Estado de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos

finales

Progr.

Económica

       

312

632

Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios, en edificios y construcciones

0,00

7.000,00

7.000,00

   

TOTAL

0

7.000,00

7.000,00

 

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Estado de ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

 

 

Cap.

Art.

Conc.

 

 

87

870

Remanente de tesorería 

7.000,00 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

7.000,00 

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Muduex, a 2 de noviembre de 2016.- El Alcalde, Emilio Nieto Abad.

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