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Miércoles, 09 Noviembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 7 de octubre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 01/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al superávit del último ejercicio, que se hace público con el siguiente contenido:

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Ayuntamiento de Brihuega

 

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ANUNCIO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 7 de octubre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 01/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al superávit del último ejercicio, que se hace público con el siguiente contenido:

Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:

1º. Atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto», o equivalentes y cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior, por la cantidad de 486.836,55 €.

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación Presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

920

12000

 

Personal Funcionario

3.097,75

920

226.99

 

Otros gastos

266.618,70

920

227.99

 

Otras empresas

13.068,00

920

212,00

 

Reparaciones

108.621,26

330

480.00

 

Subvenciones

5.000,00

153

619,01

 

Inversiones

89.614,08

     

TOTAL GASTOS

486.836,55



Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Brihuega, a 7 de noviembre de 2016. El Alcalde, Luis Manuel Viejo Esteban.

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