Ayuntamiento de Brihuega
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ANUNCIO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 7 de OCTUBRE de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario para amortizar deuda, que se hace público con el siguiente contenido:
1. El cumplimentados los requisitos del artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. El importe aplicable a amortizar deuda será 451.892,05 €.
Por lo que, vistas y analizadas las operaciones se determina que procede amortizar las siguientes:
Capital pendiente |
Importe a amortizar |
Cuota actual |
Nueva cuota |
Reducción compromiso de pago |
|
Operación de préstamo 1 |
451.892,01€ |
451.892,01€ |
62.722,36€ |
0,00€ |
62.722,36€ |
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
011 |
913.00 |
22 |
AMORTIZACION PTMS. |
451.892,05€ |
TOTAL GASTOS |
451.892,05€ |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Brihuega, a 7 de noviembre de 2016. El Alcalde, Luis Manuel Viejo Esteban.