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Viernes, 25 Noviembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3356

A) NO HAY ALEGACIONES: anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara

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Ayuntamiento de Olmeda de Cobeta

 

3356

A) NO HAY ALEGACIONES: anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 de septiembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 del Presupuesto en vigor en la suplemento de créditos, financiado con cargo nuevos o mayores ingresos y bajas de créditos en el anexo de inversiones como sigue a continuación:

Altas en Aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

Euros

Progr.

Económica

011

310

Intereses

2.200

338

22699

Otros gastos diversos

4.500

920

619

Inversiones

1.300

 

TOTAL GASTOS

8.000

FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo a nuevos o mayores ingresos, en los siguientes términos:

Altas en Concepto de Ingresos

ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN

Euros

Concepto

399

Ingresos diversos

8.000

 

TOTAL INGRESOS

8.000

Bajas en gastos

Se modifica el anexo de inversiones, dándose de baja las que se mencionan y financiándose la inversión de la aplicación 920 619 con recursos propios:

ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN

Euros

Aplicación

161 619

Inversiones

6.000

454 619

Inversiones

10.000

3321 609

Inversiones

3.000

164 609

Inversiones

3.000

 

TOTAL BAJAS

22.000

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Olmeda de Cobeta a 14 de noviembre de 2016.– El Alcalde, Juan Antonio Calvo Padín.

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