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Lunes, 26 Diciembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3806

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

3806

ANUNCIO

RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL

Advertido error en el anuncio relativo a la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servi­cio recogida de basura, inserto en el BOP n.º 152 de fecha 19/12/2016, procede realizar la correcta publicación del mismo en los siguientes términos:

Donde dice:

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servi­cio de recogida de basuras.

«Ar­tícu­lo 8º. Las cuotas se determinarán según los epígrafes de la siguiente:

TARIFAS

 

Tipo de tarifa

Polígonos Industriales fuera del núcleo

Núcleo urbano

1

Vivienda

 

1.1.-Vivienda. Por cada vivienda o centro que no exceda de diez plazas

112,00 €

86,13 €

2

Alojamiento

 

2.1- De 11 a 20 plazas

1.677,37 €

1.290,28 €

 

2.2- De 21 a 60 plazas

1.992,79 €

1.532,92 €

 

2.3- De más de 60 plazas

3.355,86 €

2.581,43 €

3

Centros de Primer Grado

 

3.1.- Comercios y Servicios

298,95 €

229,96 €

 

3.2.- Tabernas y similares

402,66 €

309,73 €

 

3.3.- Bares

603,51 €

464,25 €

 

3.4.- Industrias de hasta 500 m2

703,62 €

464,25 €

 

3.5.- Industrias de entre 501 y 3000 m2

985,06 €

603,51 €

 

3.6.- Industrias de entre 3001 y 10000 m2

1.379,09 €

784,58 €

 

3.7.- Industrias de más de 10000 m2

1.930,72 €

1.019,95 €

/………/ (siguen más tarifas, cuya publicación es correcta)

Debe decir:

- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras.

“Artículo 8º. Las cuotas se determinarán según los epígrafes de la siguiente:

TARIFAS

 

Tipo de tarifa

Polígonos Industriales fuera del núcleo

Núcleo urbano

1

Vivienda

 

1.1.-Vivienda. Por cada vivienda o centro que no exceda de diez plazas

112,00 €

86,13 €

2

Alojamiento

 

2.1- De 11 a 20 plazas

1.677,37 €

1.290,28 €

 

2.2- De 21 a 60 plazas

1.992,79 €

1.532,92 €

 

2.3- De más de 60 plazas

3.355,86 €

2.581,43 €

3

Centros de Primer Grado

 

3.1.- Comercios y Servicios

298,95 €

207,79 €

 

3.2.- Tabernas y similares

402,66 €

309,73 €

 

3.3.- Carnicerías, pescaderías, fruterías y similares

603,51

464,25

 

3.4.- Bares

603,51 €

464,25 €

 

3.5.- Industrias de hasta 500 m2

703,62 €

464,25 €

 

3.6.- Industrias de entre 501 y 3000 m2

985,06 €

603,51 €

 

3.7.- Industrias de entre 3001 y 10000 m2

1.379,09 €

784,58 €

 

3.8.- Industrias de más de 10000 m2

1.930,72 €

1.019,95 €

/………/ (siguen más tarifas, cuya publicación es correcta)

Marchamalo a 21 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría. Alcalde.

Información adicional

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