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Lunes, 26 Diciembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3718

Sometida a información pública la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 al Presupuesto general del ejercicio 2016, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distinta área de gasto y no habiéndose producido reclamación alguna contra el mismo, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su resumen por capítulos, a efectos de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:

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Ayuntamiento de Las Inviernas

 

3718

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Sometida a información pública la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 al Presupuesto general del ejercicio 2016, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distinta área de gasto y no habiéndose producido reclamación alguna contra el mismo, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su resumen por capítulos, a efectos de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:

Presupuesto de gastos

Capítulo

Descripción

Consignación inicial

Consignación definitiva

I

Gastos de personal

13.254,00

15.741,00

II

Gastos corrientes en bienes y servi­cios

35.463,00

37.463,00

III

Gastos financieros

100,00

100,00

IV

Transferencias corrientes

3,283,00

3.583,00

VI

Inversiones reales

18.000,00

13.213,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de 1 establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Las Inviernas a 7 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Ángel Ignacio Flores Ortega.

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