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Miércoles, 14 Diciembre 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3649

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 09 de noviembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 567/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal; o que afectan al Anexo de Inversiones del Presupuesto Municipal, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara

 

3649

Edicto DEL Ayuntamiento DE POZO de Guadalajara – APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 09 de noviembre de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 567/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal; o que afectan al Anexo de Inversiones del Presupuesto Municipal, que se hace público resumido por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

 

IMPORTE ALTA

323.22799

Funcionamiento educación – Trabajos realizados por otras empresas o profesionales

29.880,00

920.22799

Adm. General – Trabajos realizados por otras empresas o profesionales

4.000,00

     
     

Baja en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

 

IMPORTE ALTA

163.623

Suministro Barredora

33.880,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En El Pozo de Guadalajara, 12 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Teodoro Baldominos Carnerero.

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