Ayuntamiento de Escamilla
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Anuncio DE APROBACIÓN Inicial
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de noviembre de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:
Altas en aplicaciones de gastos |
|||||
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
1532 |
621 |
Pavimentación de vías públicas |
0,00 |
19.852,71 |
19.852,71 € |
TOTAL |
19.852,71 € |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, resultante de los estados financiero y contables de la liquidación del ejercicio 2015, en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos |
||||
Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
8 7 |
870 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
19.852,71 € |
TOTAL de Altas |
19.852,71 € |
Queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Escamilla a 14 de noviembre de 2016.– El Alcalde, Jesús Alcántara Cano.