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Viernes, 30 Noviembre 2012 00:00

administracion municipal

5461

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2012, ha acordado la aprobación provisional de la imposición de la tasa por expedición de documentos administrativos y de la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma.

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Ayuntamiento de Alcolea del Pinar

 

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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2012, ha acordado la aprobación provisional de la imposición de la tasa por expedición de documentos administrativos y de la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del citado Texto Refundido, podrán examinar el expediente en la Secretaría del Ayuntamiento, y presentar ante el Pleno del Ayuntamiento las reclamaciones que consideren oportunas durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado dicho acuerdo.

En Alcolea del Pinar a 16 de noviembre de 2012.– El Alcalde, Isidoro Escolano Albacete

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