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Lunes, 22 Octubre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4776

Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en sesión celebrada el día 26 de julio de 2012, por la que se crean los ficheros con datos de carácter personal en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, siguiendo lo establecido en el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, y se modifican algunos ficheros ya creados en la Ordenanza por la que se crean los ficheros con datos de carácter personal en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 28 de 5 de marzo de 2010, de acuerdo con lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Ayuntamiento de Villanueva de La Torre

 

4776

Anuncio APROBACION DEFINITIVA

Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en sesión celebrada el día 26 de julio de 2012, por la que se crean los ficheros con datos de carácter personal en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, siguiendo lo establecido en el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, y se modifican algunos ficheros ya creados en la Ordenanza por la que se crean los ficheros con datos de carácter personal en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 28 de 5 de marzo de 2010, de acuerdo con lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

PRIMERO.- Modificar el siguiente fichero con datos de carácter personal:

El fichero n.º 17: Terceros queda de la siguiente manera:

Fichero número 17: Terceros.

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Alcaldesa-Presidenta.

2. Órgano, Servicio o unidad administrativa ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación por parte del afectado: Se realizarán mediante escrito dirigido a Intervención-Tesorería presentado en los registros de los órganos administrativos en los términos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Denominación y descripción del fichero:

• Denominación: Terceros.

• Descripción: Personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que en concepto de proveedores, clientes y contribuyentes o sustitutos del contribuyente, que mantengan relaciones de tipo Económico y Financiero con el Ayuntamiento.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: programa informático SICALWIN y cuadernos bancarios.

6. Medidas de seguridad: Nivel Medio. Las medidas correspondientes a este nivel, según lo establecido en el art. 81 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección de datos de carácter personal.

7. Tipo de datos que se incluirán en el fichero:

• Datos de carácter identificativo: DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, CIF, nombre y apellidos, Razón social, domicilio fiscal, teléfono, fax y correo electrónico.

• Datos relevantes a efectos Económico-Financieros: Cuentas Bancarias, Datos relativos a embargos, cesiones y demás datos exigidos en la normativa reguladora de las Declaraciones Informativas o Impuestos a la Agencia Tributaria o Entidades Bancarias Colaboradoras.

• Otros: Transacciones de bienes y servicios

8. Descripción detallada de la finalidad y los usos previstos del fichero: Gestión Contable, Fiscal y Financiera.

9. Personas sobre las que se pretende obtener datos o resulten obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas. Administración Pública o Entidad Privada.

10. Procedencia y procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, Hacienda Pública, Seguridad Social, Entidades Bancarias, Juzgados y Tribunales. Soporte papel.

11. Cesiones de datos de carácter personal: Se prevén cesiones a otras Administraciones Públicas y a Entidades Bancarias Colaboradoras.

SEGUNDO.- Suprimir el fichero n.º 20: Nóminas-Personal que se sustituiría por el de Recursos Humanos.

Fichero número 20: Recursos Humanos.

1. Órgano, Ente, servicio o autoridad administrativo responsable del fichero: Alcaldesa-Presidenta.

2. Órgano, Servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación por parte del afectado: Se realizarán mediante escrito dirigido a Intervención-Área de Gestión de Personal presentado en los registros de los órganos administrativos en los términos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Denominación y descripción del fichero:

1. Denominación: Recursos Humanos (Excepto Bolsas de Empleo).

2. Descripción: Gestión de Recursos Humanos.

4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto: Informatizado y en Papel.

5. Sistema de información al que pertenece:

6. Medidas de seguridad: Nivel Alto. Las medidas correspondientes a este nivel, según lo establecido en el art. 81 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.

7. Tipo de datos que se incluirán en el fichero:

3. Datos de carácter identificativo: DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, nombre y apellidos, dirección, número de la Seguridad Social/mutualidad, teléfono, y correo electrónico.

4. Datos de características personales: Estado civil, familia, nacionalidad, sexo, fecha de nacimiento, circunstancias sociales.

5. Datos de detalles del empleo: cuerpo/escala, datos no económicos de nómina, categoría/grado, puestos de trabajo, datos académicos, profesionales y promoción y selección del personal.

6. Datos económicos y tributarios: datos bancarios, datos económicos de nómina y aquellos otros necesarios para la aplicación de impuestos, declaraciones informativas, seguros sociales, situaciones protegidas de Seguridad Social, jubilación, incapacidades… ante la Hacienda Pública y Seguridad Social.

7. Datos especialmente protegidos: Salud y Afiliación Sindical.

8. Descripción detallada de la finalidad y los usos previstos del fichero: Gestión de Recursos Humanos: promoción, selección y contratación de todo el personal, nóminas, seguros sociales, impuestos, comunicaciones ante otras Administraciones u Organismos Públicos (Hacienda Pública, Seguridad Social/Mutuas, Juzgados y Tribunales).

9. Personas sobre las que se pretende obtener datos o resulten obligadas a suministrarlos: Posibles candidatos a personal del Ayuntamiento y el propio personal.

10. Procedencia y procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal. Administraciones Públicas o entidades privadas. Formularios e instancias. Soporte papel.

11. Cesiones de datos de carácter personal: Se prevén cesiones a otras Administraciones Públicas: Hacienda Pública, Seguridad Social, Entidades Bancarias, Junta de Comunidades, Servicio Público de Empleo Estatal, Sindicatos, Mutua Laboral, Empresa de Prevención de Riesgos y vigilancia de la Salud, Aseguradoras, Juzgados y Tribunales.

TERCERO.- Suprimir el fichero número 24: Plusvalías y sustituirlo por uno denominado Impuestos, Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Fichero número 24: Impuestos, Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Alcaldesa-Presidenta.

2. Órgano, Servicio o unidad administrativa ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación por parte del afectado: Se realizarán mediante escrito dirigido a Intervención-Área de Gestión Tributaria presentado en los registros de los órganos administrativos en los términos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Denominación y descripción del fichero:

8. Denominación: Impuestos, Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

9. Descripción: Gestión Tributaria y Recaudatoria.

4. Carácter del fichero: Mixto: Informatizado y papel.

5. Sistema de información al que pertenece: Sistema Informático de Gestión Tributaria y Recaudatoria del Ayuntamiento y programa informático de la Diputación Provincial de Guadalajara en virtud de Convenio de Delegación de Competencias de Recaudación de determinados Tributos.

6. Medidas de seguridad: Nivel Medio. Las medidas correspondientes a este nivel, según lo establecido en el art. 81 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.

7. Tipo de datos que se incluirán en el fichero:

10. Datos de carácter identificativo: DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, CIF, nombre y apellidos, razón social, domicilio fiscal a efectos de notificaciones, teléfono, fax y correo electrónico.

11. Datos relevantes a efectos Tributarios: Cuentas Bancarias, Referencias Catastrales, Valores del Suelo, Recibos Bancarios, Escrituras de Propiedad y Notas Simples Autorizadas, Comunicaciones Censales, Certificados, Datos relativos a infracciones tributarias y demás exigidos en la normativa de cada Tributo.

8. Descripción detallada de la finalidad y los usos previstos del fichero: Gestión Tributaria y Recaudatoria.

9. Personas sobre las que se pretende obtener datos o resulten obligadas a suministrarlos: Personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que ser refiere el art. 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que en concepto de contribuyentes o sustitutos del contribuyente sean sujetos pasivos, que en cada caso sea constitutivo del hecho imponible de los respectivos Tributos.

10. Procedencia y procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal. Administraciones Públicas o entidades privadas. Formularios e instancias. Soporte papel.

11. Cesiones de datos de carácter personal: Por delegación de competencias sobre las mismas materias ejercidas por otras Administraciones Públicas o por obtener y elaborar los datos para otra Administración o recogerse de fuentes accesibles a las Administraciones Públicas de conformidad con la legislación vigente.

CUARTO.- Crear el siguiente fichero con datos de carácter personal:

Fichero número 32: Participación Ciudadana.

1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, Alcaldesa-Presidenta.

2. Órgano, Servicio o unidad administrativa ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación por parte del afectado: Se realizarán mediante escrito dirigido al Alcalde-Presidente, presentado en los registros de los órganos administrativos en los términos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Denominación y descripción del fichero:

- Denominación: Participación Ciudadana.

- Descripción: Gestión de acciones e iniciativas que pretendan impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de los vecinos.

4. Carácter del fichero: Mixto: Informatizado y papel.

5. Sistema de información al que pertenece: aplicación ofimática.

6. Medidas de seguridad: Nivel Básico. Las medidas correspondientes a este nivel, según lo establecido en el art. 81 del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.

7. Tipo de datos que se incluirán en el fichero:

Datos de carácter identificativo: DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, CIF, nombre y apellidos, razón social, domicilio fiscal a efectos de notificaciones, teléfono, fax y correo electrónico.

Otros tipos de datos: firma.

8. Descripción detallada de la finalidad y los usos previstos del fichero:

Gestión de acciones e iniciativas que pretendan impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de los vecinos, con la finalidad de que la población tenga acceso a las decisiones del gobierno de manera independiente sin necesidad de que forma parte de la administración pública o de un partido político.

Usos previstos: garantizar el ejercicio de los derechos de participación, mediante el control de medios, formas, cauces y procedimientos de participación vecinal, así como movimiento asociativo, promoviendo su participación y facilitando la más amplia información.

9. Personas sobre las que se pretende obtener datos o resulten obligadas a suministrarlos: ciudadanos, vecinos, entidades y asociaciones ciudadanas con domicilio social en Villanueva de la Torre.

10. Procedencia y procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, entidades y asociaciones. Formularios e instancias. Soporte papel.

11. Cesiones de datos de carácter personal: no se prevén.

De conformidad con lo establecido por el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Albacete en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, conforme a los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Villanueva de la Torre a 9 de octubre de 2012.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.

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