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Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:
TITULAR |
COMUNIDAD DE REGANTES “EL ESPLEGAR“ |
CAUCE |
Río Tajuña |
DESTINO DEL APROVECHAMIENTO |
Riegos por aspersión |
CAUDAL MÁXIMO CONCEDIDO (l/s) |
1,8 |
VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3) |
18.000 |
SUPERFICIE REGADA (ha) |
3 |
POTENCIA INSTALADA (CV) |
6,5 |
LUGAR, TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA |
Carrescariche, Aranzueque (Guadalajara) |
TÍTULO DEL DERECHO |
Inscripción por Resolución de la Comisaría de Aguas del Tajo de fecha 25 de junio de 1974. Transferencia por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de fecha 22 de noviembre de 2007 |
CAUSA DE EXTINCIÓN |
El incumplimiento del plazo otorgado en el apartado E) de la Resolución de este Organismo de fecha 22 de noviembre de 2007 |
REFERENCIA DEL EXPEDIENTE |
95.083/11 |
Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que en un plazo de veinte (20) días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, pueden comparecer por escrito tanto en las oficinas de este Organismo, Avenida de Portugal, n.º 81, Madrid, donde se halla el expediente, como en el Ayuntamiento correspondiente, alegando cuantos extremos estimen pertinentes en defensa de sus legítimos derechos e intereses.
Madrid a 8 de noviembre de 2012.– El Jefe del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, Javier Díaz-Regañón Jiménez.