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Lunes, 26 Noviembre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5359

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto, de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

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Ayuntamiento de Cantalojas

 

5359

BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA

Don Tomás Moreno Cerezo, Alcalde del Ayuntamiento de Cantalojas, Guadalajara.

HAGO SABER

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto, de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles, contados desde la publicación del presente Bando efectuado en el BOP de Guadalajara, para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido Judicial de Sigüenza.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Cantalojas a 12 de noviembre de 2012.– El Alcalde, Tomás Moreno Cerezo.

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