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Lunes, 10 Diciembre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección del Juez de Paz, titular y sustituto, de esta localidad entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.

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Ayuntamiento de Alcolea del Pinar

 

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De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección del Juez de Paz, titular y sustituto, de esta localidad entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.

Las instancias podrán presentarse en la Secretaría de este Ayuntamiento en horario de oficina durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Alcolea del Pinar a 22 de noviembre de 2012.– El Alcalde, Isidoro Escolano Albacete.

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