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Miércoles, 12 Diciembre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5627

Intentada la notificación a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L, y no habiendo podido efectuarse la misma, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar dicha notificación mediante la exposición del siguiente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de El Pozo (Guadalajara), por ser esta la localidad de su último domicilio conocido, y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara:

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Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

 

5627

ANUNCIO

Intentada la notificación a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L, y no habiendo podido efectuarse la misma, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar dicha notificación mediante la exposición del siguiente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de El Pozo (Guadalajara), por ser esta la localidad de su último domicilio conocido, y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara:

Examinados los expedientes OMY2006/000034 (referencia anterior OM/34/06), A/11/06 y AL/11/06, de solicitudes de licencia de obra mayor, licencia de acometida de agua, y licencia de acometida de alcantarillado, respectivamente, para vivienda unifamiliar adosada con garaje, en c/ Aneto número 7 (parcela 13.4 del antiguo sector UP-7), instados inicialmente por Espacios Inmobiliarios Urbansa, S.L., y posteriormente, con fecha 27 de noviembre de 2007, cambiadas dichas solicitudes de licencia a nombre de Campo Empresarial Inmobiliario, S.L.

Resultando que, mediante escrito con registro de salida número 7490 de 24 de mayo de 2007 se notificó a D. Vicente García Tamayo, que lo recibió el 1 de junio de 2007, como representante de las empresas Campo Empresarial Inmobiliario, S.L. y Espacios Inmobiliarios Urbansa, S.L., lo siguiente:

“Visto el documento presentado en la Tesorería de este Ayuntamiento, por el que se avala a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L. en concepto de garantía para responder de la correcta ejecución de las obras de urbanización exterior a realizar, recogidas en el informe sobre vinculación con la ciudad del solar sito en C/ Aneto, n.º 7, se observa que, Campo Empresarial Inmobiliario, S.L., es persona jurídica distinta de Espacios Inmobiliarios Urbansa, S.L., empresa solicitante del documento de vinculación con la ciudad y de la licencia de obra para construir una vivienda unifamiliar adosada con garaje en el solar sito en C/ Aneto, n.º 7, por lo tanto, deberá presentar, en la Tesorería Municipal, aval de vinculación con la ciudad, a nombre de Espacios Inmobiliarios Urbansa, S.L. y al mismo tiempo solicitar la devolución del aval presentado a nombre de Campo Empresarial Inmobiliario, S.L.”

Resultando que por Decreto número 375-I, de 1 de junio de 2007, la Alcaldía resolvió devolver a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L. el aval de la Caixa con número 9340.03.0823864-04, por importe de 4.596,73 euros, presentado el 11 de mayo de 2005, para garantizar la ejecución de las obras de urbanización vinculada a la solicitud de licencia, expediente OMY2006/000034 (referencia anterior OM/34/06), notificándose dicho decreto a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L., mediante escrito registrado de salida con el número 7955 el 6 de junio de 2007, que fue recibido por D. José García Tamayo el 6 de junio de 2007.

Resultando que con fecha 6 de junio de 2007, número de operación 200700029949, tipo de operación CAV, se devolvió el aval de 4.596,73 euros a Campo Empresarial Inmobiliario, S.L.

Por la presente le advierto que los expedientes referenciados se encuentran paralizados por causas imputables a la interesada, por lo que si en tres meses no cumplimenta lo requerido (presentación por Campo Empresarial Inmobiliario, S.L. del aval de vinculación con la ciudad por importe de 4.596,73 euros), para reanudar su tramitación, se producirá la caducidad de los mismos, previa resolución de la Alcaldía, de conformidad con el artículo 92. 1. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Firmado por la Tercera Teniente de Alcalde el 5 de noviembre de 2012.

Azuqueca de Henares, 23 de noviembre de 2012.– La Tercera Teniente de Alcalde (Por delegación, Decreto 382-S de 25-04-12, BOP 14-05-12), Beatriz Pérez López.

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