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Lunes, 29 Octubre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4904

PUNTO ÚNICO- RESOLUCIÓN AUTORIZANDO TRATAMIENTO RESIDUAL DEL VEHÍCULO MATRÍCULA M-4120-JV

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Ayuntamiento de Torrejón del Rey

 

4904

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No habiendo sido posible la notificación personal de la resolución, por causas no imputables a este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92), se hace público conforme al mencionado artículo, la parte dispositiva de la Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de octubre de 2012:

RESOLUCIÓN FINAL DEL EXPEDIENTE

“Se ha constatado que el vehículo cuyo titular es Pascual Sarrión González, con DNI 05057419-H, domicilio en C/ Aldeanueva de la Vera, 6, CP 28044 Madrid (Madrid), y con descripción Turismo Ford Orion, modelo 1.4 con matrícula M-4120-JV, permanece estacionado en la C/ Arosa, del municipio de Torrejón del Rey, con signos evidentes de abandono.”

PUNTO ÚNICO- RESOLUCIÓN AUTORIZANDO TRATAMIENTO RESIDUAL DEL VEHÍCULO MATRÍCULA M-4120-JV

RESULTANDO.- Que el vehículo Ford Orion, modelo 1.4 con matrícula M-4120-JV, cuyo titular es Pascual Sarrión González, con DNI 05057419-H, domicilio en C/ Aldeanueva de la Vera, 6 CP 28044 Madrid (Madrid), permanece estacionado en C/ Arosa del municipio de Torrejón del Rey, con signos evidentes de abandono.”

RESULTANDO.- Que con fecha 10/07/2012 y 11/07/2012, esta Administración intentó notificación al titular del mismo, D. Pascual Sarrión Gozález, para advertirle que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.

RESULTANDO.- Que no habiendo sido posible la notificación personal al propietario en la dirección que consta en la Dirección Provincial de Tráfico, se ha procedido a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara con fecha 15 de agosto de 2012 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Madrid, desde el día 19 de septiembre de 2012 hasta el día 5 de octubre de 2012, sin haberse retirado el vehículo.

Fundamentos de Derecho

PRIMERO.- El artículo 86.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, establece que la Administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones, o cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula. Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular del mismo advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.

SEGUNDO.- Examinado el expediente, se comprueba que se cumplen todas las circunstancias previstas en el artículo 86.1 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, para acordar la retirada del vehículo del lugar donde se encuentra y su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento.

Es por todo lo expuesto que en el uso de las competencias atribuidas en el artículo 21-1-S, según redacción dada por Ley 11/1999, de 21 de abril, a la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:

PRIMERO.- Autorizar el tratamiento residual del vehículo marca Ford Orion, modelo 1.4 con matrícula M-4120-JV, por lo que se deberá trasladar a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación.

SEGUNDO.- Que en cumplimiento del artículo 4.3 de la Ley 10/1998 de Residuos, se proceda a la eliminación del mencionado vehículo, toda vez que habiéndose cumplido los plazos y circunstancias que se acreditan en los respectivos expedientes, dicho vehículo ha adquirido la condición de residuo sólido urbano.

TERCERO.- Que dicha eliminación se lleve a cabo a través de la Policía Local de Torrejón del Rey, según la forma habitual reglamentariamente establecida.

CUARTO.- Dado que las notificaciones anteriores a la única dirección que consta de este titular han resultado infructuosas por resultar “ausente reparto”, la siguiente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Contra esta resolución puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses desde la recepción de la presente, o bien recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía.

Torrejón del Rey a 18 de octubre de 2012.– El Alcalde, Mario San Martín García.

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