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Miércoles, 19 Diciembre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5815

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, y la Plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

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Ayuntamiento de Fuencemillán

 

5815

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, y la Plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

ESTADO DE INGRESOS

Capítulo

Denominación

Importe euros

Capítulo

Denominación

Importe euros

I

Gastos del Personal

20.000

I

Impuestos directos

46.000

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

67.000

II

Impuestos indirectos

500

III

Gastos financieros

1.000

III

Tasas y otros ingresos

32.400

IV

Transferencias corrientes

33.000

IV

Transferencias corrientes

36.000

     

V

Ingresos patrimoniales

10.100

VI

Inversiones reales

40.000

VI

Enajenación de inversiones reales

0

VII

Transferencias de capital

0

VII

Transferencia de capital

36.000

VIII

Activos financieros

0

VIII

Activos financieros

0

IX

Pasivos financieros

0

IX

Pasivos financieros

0

 

TOTAL GASTOS

161.000

 

TOTAL INGRESOS

161.000

PLANTILLA DE PERSONAL

RESUMEN

Funcionarios: 1.

TOTAL PLANTILLA: 1.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Fuencemillán a 10 de diciembre de 2012.– El Alcalde, Javier Magro Martínez.

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