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Viernes, 11 Enero 2013 00:00

Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara

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La Junta de Gobierno Local de fecha 28 de diciembre de 2012, acuerda la modificación de las bases de la convocatoria de Subvenciones a empresas para la contratación de trabajadores desempleados y fomento del empleo local 2012, publicadas en el BOP n.º 135 de 9 de noviembre de 2012 en lo referente a la base Decimoquinta.- Justificación y Pago de la subvención, donde dice: ?El abono de la subvención se realizará en dos pagos; el primero del 50% tras la aprobación de la subvención por la Junta de Gobierno Municipal y el 50% restante será abonado a la justificación con la documentación que se detalla en el Anexo?, debe decir: ?El abono será del 100% tras la aprobación por la Junta de Gobierno debiéndose justificar como máximo en los dos meses siguientes a la recepción de la resolución, sin perjuicio de minoración de acuerdo a lo justificado?.

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ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local de fecha 28 de diciembre de 2012, acuerda la modificación de las bases de la convocatoria de Subvenciones a empresas para la contratación de trabajadores desempleados y fomento del empleo local 2012, publicadas en el BOP n.º 135 de 9 de noviembre de 2012 en lo referente a la base Decimoquinta.- Justificación y Pago de la subvención, donde dice: “El abono de la subvención se realizará en dos pagos; el primero del 50% tras la aprobación de la subvención por la Junta de Gobierno Municipal y el 50% restante será abonado a la justificación con la documentación que se detalla en el Anexo”, debe decir: “El abono será del 100% tras la aprobación por la Junta de Gobierno debiéndose justificar como máximo en los dos meses siguientes a la recepción de la resolución, sin perjuicio de minoración de acuerdo a lo justificado”.

 

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