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Viernes, 21 Diciembre 2012 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5828

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede de conformidad con el artícu­lo n.º 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación de la Resolución de la Alcaldía n.º 817-S de fecha 17 de octubre de 2012.

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Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

 

5828

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede de conformidad con el artícu­lo n.º 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación de la Resolución de la Alcaldía n.º 817-S de fecha 17 de octubre de 2012.

RESOLUCIÓN N.º 817-S

“El Instituto Nacional de Estadística, en virtud del acuerdo tomado por el Consejo de Empadronamiento en su sesión de fecha 11 de noviembre de 2009, comunica a cada Ayuntamiento aquellas inscripciones padronales que no se corresponden con ningún registro de la base de datos de los DNI expedidos por el Ministerio del Interior, o bien, aunque figuren en la misma, lo están con datos personales diferentes.

Para solucionar esta anomalía las personas abajo relacionadas fueron requeridas por parte de este Ayuntamiento. Ante su falta de respuesta, de acuerdo con los artículos 62 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y siguiendo las directrices del Instituto Nacional de Estadística, se inició expediente de baja de oficio, por inscripción indebida, mediante decreto de la Alcaldía n.º 485-S, de fecha 25 de mayo de 2012. No habiéndose presentado ninguna reclamación de las personas abajo relacionadas, se remitió al Consejo de Empadronamiento la documentación del expediente al objeto de que emitiese el informe correspondiente.

Visto el informe favorable del Consejo de Empadronamiento de fecha 27 de septiembre de 2012.

Por todo ello, la Alcaldía-Presidencia, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:

Dar de baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes con fecha de hoy a las personas que se relacionan a continuación”.

Contra este acuerdo podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27/11/1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14/1/1999) y 8,1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE 14/7/1998)).

Apellidos y nombre

Doc. Identidad

Doc. Identidad

MEJIA *POWER, JUAN MANUEL

XDA394291

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MEJIA *POWER, JUAN MANUEL

Azuqueca de Henares, 22 de noviembre de 2012.– 1.ª Teniente de Alcalde, Sandra Yagüe Sabido.

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