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Lunes, 04 Febrero 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

365

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de visitas guiadas a monumentos, parajes turísticos, pueblos y ciudades, rutas turísticas, etc., cuyo texto íntegro se hace público, como Anexo de este anuncio, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LBRL.

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Ayuntamiento de Pastrana

 

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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de visitas guiadas a monumentos, parajes turísticos, pueblos y ciudades, rutas turísticas, etc., cuyo texto íntegro se hace público, como Anexo de este anuncio, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LBRL.

Contra el presente Acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.

En Pastrana a 17 de enero de 2013.– El Alcalde, Ignacio Ranera Tarancón.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Pastrana
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