Ayuntamiento de Cañizar
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De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se va a proceder por el Pleno de este Ayuntamiento a la elección de Juez de paz sustituto, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse durante el plazo de veinte días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cañizar, 22 de enero de 2013.– El Alcalde, Félix Villaverde Lucas.