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Miércoles, 24 Abril 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1839

ASUNTO: VEHÍCULO PRESUNTAMENTE ABANDONADO

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Ayuntamiento de Alovera

 

1839

ASUNTO: VEHÍCULO PRESUNTAMENTE ABANDONADO

No habiendo sido posible la notificación personal del aviso de vehículo abandonado, por causas no imputables a este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27/11/92), se hace público conforme al mencionado artículo el contenido de dicho acto de trámite:

DATOS DEL VEHÍCULO: MATRÍCULA: NO TIENE. N.º bastidor: LJ7XCB86A060208 MARCA: PEDA Spirit 50 azul

LUGAR DEL ABANDONO:

Dependencias de Policía Local de Alovera

TITULAR: DESCONOCIDO

DNI/NIE/CIF: DESCONOCIDO

DOMICILIO: DESCONOCIDO

 

LOCALIDAD: DESCONOCIDA

PROVINCIA:

OBSERVACIONES: Transcurrido más de un año desde que se inmoviliza la motocicleta (Acta 16/2012) debido al Atestado n.º 12/2012 instruido por Policía Local de Alovera por un supuesto delito contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

DATOS DEL VEHÍCULO: MATRÍCULA: NO TIENE. N.º bastidor: LJ7XCB86A060208 MARCA: PEDA Spirit 50 azul

LUGAR DEL ABANDONO:

Dependencias de Policía Local de Alovera

TITULAR: DESCONOCIDO

DNI/NIE/CIF: DESCONOCIDO

DOMICILIO: DESCONOCIDO

LOCALIDAD: DESCONOCIDA

PROVINCIA:

OBSERVACIONES: Transcurrido más de un año desde que se inmoviliza la motocicleta (Acta 16/2012) debido al Atestado n.º 12/2012 instruido por Policía Local de Alovera por un supuesto delito contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

En la Jefatura de Policía Local de Alovera existe constancia del estado de abandono en que se encuentra el vehículo de su titularidad arriba reflejado en el lugar que igualmente se indica, así de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado por la Ley 18/2009, de 28 de noviembre, se le requiere para que en el plazo de un mes proceda a la retirada del vehículo, con la advertencia de que en el caso de no cumplir lo indicado, se procederá a la retirada del vehículo y a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su posterior destrucción y descontaminación sin derecho a indemnización.

De igual forma le significo que los hechos descritos pueden constituir infracción grave prevista en el artículo 46.3.c de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, infracción sancionada con multa de 901 euros hasta 45.000 euros, de conformidad con el artículo 47.1.b1 de la Ley antes citada, y en todo caso, tales hechos constituirían infracción leve según el artículo 52 de la ordenanza municipal de buen gobierno y convivencia ciudadana, infracción sancionada con multa de hasta 750 euros. (Aprobada por el Pleno del Ayuntamiento del 30 de noviembre de 2005, y publicado en el BOP, n.º 24 de 24 de febrero de 2006. Modificaciones en BOP n.º 70, de 12 de junio de 2006 y BOP, n.º 71, de 14 de junio de 2006.

La presente notificación es un acto administrativo de trámite, no decisorio, por lo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de impugnar en su día la decisión que ponga fin al correspondiente expediente administrativo, si es contraria a sus derechos.

Alovera a 9 de abril de 2013.– La Alcaldesa, M.ª Purificación Tortuero Pliego.

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