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Viernes, 15 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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PRESUPUESTO GENERAL 2013

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Ayuntamiento de Armuña de Tajuña

 

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PRESUPUESTO GENERAL 2013

Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral eventual, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Gastos de personal

100.000€

CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servicios

74.000 €

CAPÍTULO 3: Gastos financieros

200 €

CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes

18.400 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Inversiones reales

35.000 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de capital

0 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos financieros

0 €

CAPÍTULO 9: Pasivos financieros

0 €

TOTAL

192.600 €

   

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Impuestos directos

99.000 €

CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos

2.000 €

CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos

44.100 €

CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes

46.000 €

CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales

1.500 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales

0 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de capital

0 €

OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos financieros

0 €

CAPÍTULO 9: Pasivos financieros

0 €

TOTAL

192.600 €

PLANTILLA DE PERSONAL

Denominación

N.º Plazas

A) FUNCIONARIOS DE CARRERA

 

1. Secretario-Interventor

 

Grupo A.1, CD 26:

1

2. Auxiliar administrativo

 

Grupo C.2, CD 22

1

3. Peón de servicios múltiples

 

Grupo C.2, CD 22

1

B) PERSONAL LABORAL EVENTUAL

 

1. Auxiliar de asistencia a domicilio

 

Grupo C.2

1

 

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Armuña de Tajuña a 25 de febrero de 2013.– El Alcalde, Jesús Sánchez Gómez.

Información adicional

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