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Miércoles, 25 Mayo 2016 08:44

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1382

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el ejercicio de 2016, se hace público, de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.

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Ayuntamiento de Alustante

 

1382

Anuncio

Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el ejercicio de 2016, se hace público, de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.

Presupuesto de gastos

Capítulos

   
 

A) Operaciones no financieras

 
 

A.1. Operaciones corrientes

 

1

Gastos de personal

85.675

2

Gastos corrientes en bienes y servicios

127.750

3

Gastos financieros

0

4

Transferencias corrientes

26.700

 

A.2. Operaciones de capital

 

6

Inversiones reales

61.975

7

Transferencias de capital

0

 

B) Operaciones financieras

 

8

Activos financieros

0

9

Pasivos financieros

0

 

TOTAL

302.100

     
     

Presupuesto de ingresos

 

A) Operaciones no financieras

 
 

A.1. Operaciones corrientes

 

1

Impuestos directos

78.600

2

Impuestos indirectos

1.500

3

Tasas y otros ingresos

50.000

4

Transferencias corrientes

84.500

5

Ingresos patrimoniales

61.500

 

A.2 Operaciones de capital

 

6

Enajenación de inversiones reales

0

7

Transferencias de capital

26.000

 

B) Operaciones financieras

 

8

Activos financieros

0

9

Pasivos financieros

0

 

TOTAL

302.100

PLANTILLA DE PERSONAL

- Secretario-Interventor (1).

Funcionario interino.

Agrupado con Tordesilos.

- Limpiadora (1).

Laboral fijo.

- Peón servi­cios múltiples (1).

Laboral fijo.

- Bibliotecario (1).

Laboral fijo.

- Peones (3).

Plan extraordinario por el empleo.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los ar­tícu­los 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Alustante a 3 de mayo de 2016.– La Alcaldesa, Rosa Abel Muñoz Sánchez.

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