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Miércoles, 20 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1173

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

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Ayuntamiento de Aldeanueva de Guadalajara

 

1173

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Presupuesto de gastos

Capítulo

Denominación

Importe

1

Personal

36.000,00

2

Corrientes en bienes y servicios

101.000,00

3

Financieros

100,00

4

Transferencias corrientes

900,00

6

Inversiones reales

12.000,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

Total

150.000,00

     

Presupuesto de ingresos

Capítulo

Denominación

Importe

1

Impuestos directos

40.000,00

2

Impuestos indirectos

10.000,00

3

Tasas, precios públicos y otros

21.500,00

4

Transferencias corrientes

75.000,00

5

Ingresos patrimoniales

3.500,00

6

Enajenación de inversiones reales

0,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

Total

150.000,00

Denominación

N.º de plazas

1. Personal Funcionario

 

1.1 Secretario-Interventor (Grupo A.1, CD 28)

1

2. Planes de empleo

 

2.1. Operario servicios múltiples - Peón (según convocatoria de subvenciones)

2

Total

3

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Aldeanueva de Guadalajara a 8 de marzo de 2013.– El Alcalde, Ramón Heredero Martínez.

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