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Miércoles, 20 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1172

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

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Ayuntamiento de Centenera

 

1172

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo aquel del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Presupuesto de gastos

Capítulo

Denominación

Importe

1

Personal

26.000,00

2

Corrientes en bienes y servicios

53.000,00

3

Financieros

200,00

4

Transferencias corrientes

1.000,00

6

Inversiones reales

19.800,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

Total

100.000,00

     

Presupuesto de ingresos

Capítulo

Denominación

Importe

1

Impuestos directos

24.200,00

2

Impuestos indirectos

5.000,00

3

Tasas, precios públicos y otros

8.000,00

4

Transferencias corrientes

58.900,00

5

Ingresos patrimoniales

3.900,00

6

Enajenación de inversiones reales

0,00

7

Transferencias de capital

0,00

8

Activos financieros

0,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

Total

100.000,00

Denominación

N.º de Plazas

1. PERSONAL FUNCIONARIO

 

1.1 Secretario-Interventor (Grupo A.1, CD 26)

1

2. PLANES DE EMPLEO

 

2.1 Operario Servicios Múltiples-Peón (según convocatoria de subvenciones)

1

Total

2

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Centenera a 6 de marzo de 2013.– El Alcalde, Roberto Gómez Monge.

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