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Viernes, 22 Marzo 2013 00:00

Excma. Diputacion provincial de guadalajara

1228

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido (BOP de Guadalajara n.º 20, de 15 de febrero de 2013), ha quedado definitivamente aprobado el Presupuesto del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara para el ejercicio económico de 2013, aprobado por la Asamblea General en sesión de fecha 7 de febrero de 2013, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

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Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara

 

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ANUNCIO

A.- PRESUPUESTOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido (BOP de Guadalajara n.º 20, de 15 de febrero de 2013), ha quedado definitivamente aprobado el Presupuesto del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara para el ejercicio económico de 2013, aprobado por la Asamblea General en sesión de fecha 7 de febrero de 2013, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

ESTADO DE GASTOS

Cap.

Denominación

Importe

 

OPERACIONES NO FINANCIERAS

5.507.800,00 €

 

OPERACIONES CORRIENTES

5.237.600,00 €

1

Gastos de personal

4.563.578,54 €

2

Gastos en bienes ctes. y servicios

595.400,00 €

3

Gastos financieros

6.500,00 €

4

Transferencias corrientes

72.121,46 €

 

OPERACIONES DE CAPITAL

270.200,00 €

6

Inversiones reales

270.200,00 €

 

OPERACIONES FINANCIERAS

79.200,00 €

8

Activos financieros

30.000,00 €

9

Pasivos financieros

49.200,00 €

 

TOTAL GASTOS

5.587.000,00 €

     

ESTADO DE INGRESOS

Cap.

Denominación

Importe

 

OPERACIONES NO FINANCIERAS

5.557.000,00 €

 

OPERACIONES CORRIENTES

5.557.000,00 €

3

Tasas y otros ingresos

70.000,00 €

4

Transferencias corrientes

5.484.000,00 €

5

Ingresos patrimoniales

3.000,00 €

 

OPERACIONES DE CAPITAL

0,00 €

 

OPERACIONES FINANCIERAS

30.000,00 €

8

Activos financieros

30.000,00 €

 

TOTAL INGRESOS

5.587.000,00 €

B.- PLANTILLA DE PERSONAL

De conformidad con el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido, se publica la Plantilla de personal del Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara, aprobada por la Asamblea General en sesión de fecha 7 de febrero de 2013:

Denominación plazas

Número

Grupo

Clase

ESCALA HABILITADOS ESTATALES

     

Subescala Secretario – Interventor

     

Secretario – Interventor

1

A1

Habilitado Estatal

       

ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

     

Subescala Servicios Especiales

     

Jefe del Servicio Extinción de Incendios

1

A1

Serv. Ext. Incendios

Oficial Técnico

3

A2

Serv. Ext. Incendios

Sargento Jefe de Parque

4

C1

Serv. Ext. Incendios

Cabo Jefe de Dotación

18

C2

Serv. Ext. Incendios

Bombero-conductor-mecánico

67

C2

Serv. Ext. Incendios

       

Subescala Técnica

     

Técnico en Administración

1

A1

Superior

       

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

     

Subescala Administrativa

     

Administrativo

2

C1

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Guadalajara a 8 de marzo 2013.– La Presidenta, Ana Guarinos López.

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