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Lunes, 25 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1258

Iniciado expediente para investigar la titularidad de la superficie existente entre la finca urbana de la c/ Calvario, 1, y la finca rústica 5222 del Polígono 501, del término municipal de Valderrebollo, por Resolución de Alcaldía de fecha 13/03/2013, de conformidad con los artículos 49 y 50 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se publica, de forma literal, la resolución de inicio, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

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Ayuntamiento de Valderrebollo

 

1258

ANUNCIO

Iniciado expediente para investigar la titularidad de la superficie existente entre la finca urbana de la c/ Calvario, 1, y la finca rústica 5222 del Polígono 501, del término municipal de Valderrebollo, por Resolución de Alcaldía de fecha 13/03/2013, de conformidad con los artículos 49 y 50 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se publica, de forma literal, la resolución de inicio, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Atendiendo a que se presentan dudas sobre la titularidad de la superficie existente entre la finca urbana de c/ Calvario, 1, y la finca rústica 5222 del Polígono 501, ocupada en plano catastral, que no físicamente, por la parcela municipal sita en el Polígono 501, parcela 5532, todas ellas del término municipal de Valderrebollo, tal y como consta en el plano catastral que se une a la presente resolución.

Vistos los informes y estudios necesarios para determinar si concurren los presupuestos para el ejercicio de la potestad.

Visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,

RESUELVO

PRIMERO. Incoar expediente de investigación de la titularidad de la superficie existente entre la finca urbana de c/ Calvario, 1, y la finca rústica 5222 del Polígono 501, ocupada en plano catastral, que no físicamente, por la parcela municipal sita en el Polígono 501, parcela 5532, todas ellas del término municipal de Valderrebollo que, según plano catastral, pertenece a este Ayuntamiento y recabar de los Registros que procedan cuantos antecedentes y datos consten relativos a la finca urbana sita en la c/ Calvario, 1, y finca catastral 5532, del Polígono 501, incorporándose al expediente las certificaciones que se expidan a este efecto.

SEGUNDO. Publicar la resolución en el plazo de quince días hábiles en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Asimismo, se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valderrebollo.

TERCERO. Abrir trámite de información pública por plazo de un mes, contado desde el día siguiente al que deba darse por terminada la publicación de los anuncios en el tablón de la Corporación, para que las personas afectadas por el expediente de investigación puedan alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho ante la Corporación, acompañando todos los documentos en que funden sus alegaciones.

En el caso de que existan afectados por el expediente de investigación que resulten conocidos e identificables, habrán de ser notificados personalmente.

CUARTO. Transcurrido el trámite de información pública, se abrirá un período de prueba por plazo de veinte días hábiles, dentro del cual se celebrarán los actos probatorios que requieran los interesados, en el que serán admisibles los siguientes elementos:

- Los documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados con arreglo a Derecho.

- El reconocimiento y dictamen pericial.

- La declaración de testigos.

QUINTO. Efectuadas las pruebas pertinentes y valoradas, se pondrá de manifiesto el expediente por término de diez días a las personas a quienes afecte la investigación y hubieren comparecido en él, para que dentro de dicho plazo aleguen lo que crean conveniente a su derecho.

SEXTO. Dar traslado del acuerdo de iniciación de esta potestad de investigación a la Administración Estatal y Autonómica”

Por tanto durante el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al que deba darse por terminada la publicidad de este anuncio (15 días hábiles), las personas afectadas por el expediente de investigación podrán alegar por escrito cuanto estimen conveniente a su derecho.

En Valderrebollo a 13 de marzo de 2013.– La Alcaldesa, M.ª Carmen Martínez Mayoral.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Valderrebollo
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