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Miércoles, 22 Mayo 2013 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Aprovechamiento de Roturos, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el texto modificado:

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Ayuntamiento de El Pedregal

 

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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda elevado a definitivo el acuerdo provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Aprovechamiento de Roturos, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el texto modificado:

“Artículo 2.­

d) No ser deudor al Ayuntamiento por ningún concepto tributario (impuestos, tasas, precios públicos y concesiones o aprovechamientos), y, un año antes de que el Pleno del Ayuntamiento acuerde iniciar los trámites de la convocatoria para una nueva adjudicación de roturos, no tener deudas pendientes de ejercicios anteriores.

Artículo 4.­

Cuando finalice un período de roturos y se realice nuevo reparto de lotes, el Pleno del Ayuntamiento fijará el canon que crea conveniente en el acuerdo que apruebe la convocatoria.”

Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Pedregal a 9 de mayo de 2013.– El Alcalde, Rafael García Sanz.

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